Condenan a un anestesista del Hospital Durand por un caso de violencia obstétrica
La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó a un médico anestesista por haber ejercido violencia obstétrica y maltrato psicológico contra una paciente internada en el Hospital Durand, según informó el portal oficial ijudicial.gob.ar. La resolución dispuso una serie de medidas de restricción que incluyen la prohibición de acercamiento al nosocomio, la obligación de realizar un curso sobre violencia de género y la ejecución de tareas comunitarias.
La medida fue dictada por el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 8, a cargo de la jueza Natalia Marcela Molina, mediante la homologación de un acuerdo de juicio abreviado en el que el propio profesional admitió las agresiones denunciadas. La causa contó con la intervención del fiscal Martín Perel, al frente de la Fiscalía N° 28 de la Ciudad.
El hecho investigado ocurrió durante el mes de mayo de 2025 en el establecimiento médico situado sobre la Avenida Díaz Vélez. Según consta en la resolución judicial difundida por el sitio institucional, el profesional arremetió contra la mujer luego de que esta manifestara malestar físico en el marco de una internación para dar a luz de manera prematura. Durante la intervención médica, el imputado se dirigió a la paciente con expresiones despectivas e intimidantes, manteniendo una conducta hostil a lo largo de todo el procedimiento.
La versión presentada por la víctima fue respaldada por las declaraciones de médicas neonatólogas que presenciaron el accionar del profesional en el quirófano. Los testimonios vertidos en la causa coincidieron de forma unánime al describir el trato denigrante infligido por el profesional de la salud mientras desempeñaba sus tareas.
En los fundamentos del fallo reseñados por ijudicial.gob.ar, la magistrada Molina destacó que el marco normativo contravencional sanciona de manera explícita el maltrato psíquico y verbal que afecte la dignidad de las personas. En este sentido, la jueza subrayó que los insultos proferidos a los gritos constituyeron un ataque directo a la integridad psíquica de la damnificada, enmarcándose plenamente dentro de un contexto de violencia de género producto de la asimetría en la relación médico-paciente.
Para sostener la condicionalidad de la pena fijada por el plazo de doce meses, la Justicia impuso al condenado la prohibición estricta de acercamiento a menos de 500 metros tanto de la víctima como del Hospital Durand, además de la imposibilidad de utilizar su imagen o mencionarla en cualquier medio. Asimismo, el sancionado deberá cumplir 30 horas de trabajo comunitario y realizar una capacitación sobre violencia de género dictada por el Consejo de la Magistratura porteño.
