El ENACOM entregó tablets en Parque Chas
El Ente Nacional de Comunicaciones firmó el convenio y realizó la entrega de 78 dispositivos para adultas y adultos mayores, en un acto realizado en el Centro de Jubiladxs del Club SABER.
En el marco del Programa “Conectando con Vos”, impulsado por ENACOM, se realizó la entrega de 78 tablets en Parque Chas. El acto contó con la participación del vicepresidente del Ente, Gustavo López, que estuvo acompañado por la presidenta del Club Saber, Susana Borda.
Previamente a la entrega, López agradeció la presencia de las vecinas y los vecinos, ante quienes destacó: “La idea de la función pública es cambiar la realidad desde donde nos toca. La conectividad es un derecho humano básico. Estamos llevando Internet a los barrios populares, donde los privados no llegan. Y hoy lo hacemos con la entrega de esta herramienta tecnológica que son las tablets. Lo importante también es que esta entrega está acompañada de capacitaciones para su mejor uso. Es un día muy importante para nosotros, a disfrutarlo”.
El Programa “Conectando con Vos” está destinado a beneficiar a aquellas personas que perciban pensiones, jubilaciones y planes sociales. También a estudiantes de escuelas primarias y secundarias y adultas y adultos mayores, con la finalidad de reducir la brecha digital y alentar la formación de una ciudadanía digital activa.
La iniciativa del ENACOM tiene como fin democratizar el acceso a la tecnología y reducir la brecha digital con una mirada federal, con el objetivo de saldar las asimetrías regionales en materia de conectividad.
El objetivo del Programa “Conectando con vos” es el de promover el acceso a equipamiento que facilite la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs).
Entre las finalidades se encuentran:
- Promover la participación e integración social de los sectores sociales en situación de mayor vulnerabilidad social y económica.
- Ampliar y potenciar el campo de prácticas.
- Fortalecer las actividades laborales, educativas y culturales.
- Facilitar la inclusión de la población en las redes y en los espacios de socialización desarrolladas mediante las nuevas tecnologías.
- Mejorar el acceso a las tecnologías digitales.
- Democratizar el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Reducir la brecha digital para promover la igualdad de oportunidades para los beneficiarios del Decreto 311/20 (personas a quienes no se podrá suspender o cortar los servicios de luz, gas, telefonía, internet y tv por cable aún cuando haya demora en el pago o alguna factura sin pagar).
- Garantizar el acceso a Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia Covid 19.
A quiénes está dirigido
- Personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente.
- Personas beneficiarias de pensiones no contributivas que tengan ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas jubiladas, pensionadas o trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Monotributistas de las categorías correspondientes a quienes tienen ingresos que no superan 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas que reciban el seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas incorporadas en el régimen de seguridad social para empleados de casas particulares (Ley N° 26.844). También sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas que reciban una beca Progresar.
- Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Personas beneficiarias de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
- Clubes de Barrio y de Pueblo registrados.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados.
- Entidades de bien público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal, inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
- Personas beneficiarias del programa Conectar Igualdad.
- Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP).
- Jóvenes entre 15 y 25 años de edad incluidos en programas nacionales, provinciales o municipales de apoyo educativo o revinculación educativa. Los programas pueden ser de nivel medio, escuela para adultos, terciaria, universitaria u otra de gestión estatal.
- Jóvenes entre 15 y 25 años de edad inscriptos en escuelas de formación laboral o de cursos de capacitación laboral o de oficios acreditados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Jóvenes entre 15 y 25 años de edad beneficiarios de los Programas de promoción de empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Jóvenes entre 15 y 25 años de edad que participen de proyectos culturales, deportivos, sociales, entre otros, impulsados por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales o Municipales.