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Sobre el incumplimiento de la Ley 3706 de personas en situación de calle

Luego del conflicto de la ocupación del Parque Indoamericano, la Legislatura porteña, a fin de mostrar que se ocupaba de la crisis habitacional, actuó de forma reactiva y aprobó la Ley N° 3.706 de Protección y Garantía Integral de los Derechos de las Personas en Situación de Calle y en Riesgo a la Situación de Calle. Una política judicializada.

 

Por esta ley, el Gobierno porteño tiene la obligación de formular e implementar políticas públicas para las personas en situación de calle en materia de salud, educación, vivienda, trabajo, esparcimiento y cultura elaboradas y coordinadas intersectorial y transversalmente entre los distintos organismos del estado. Esta política integral no existe y la principal herramienta que emplea la administración de Larreta son los paradores y el subsidio habitacional.

 

El Gobierno porteño informa que actualmente 9.177 personas que se encontraban en situación de calle perciben subsidio habitacional del Programa Atención para Familias en Situación de Calle para que puedan alquilar en hoteles o viviendas. A principios del año 2018 eran 9.285 personas las que recibían el subsidio.

De este número, casi el 60% (5.367 personas) percibieron el subsidio habitacional en virtud de una medida judicial. A principios del año 2018, por vía judicial los subsidios eran 4.590.

De acuerdo al Decreto N° 637/2016, los montos del beneficio deben oscilar entre los dos mil quinientos ($2.500) y los cuatro mil pesos ($4.000), siendo esta última suba el tope máximo. Pero, aun así, el monto promedio del subsidio otorgado fue de $ 6.476. A principios del año 2018, el promedio era de $ 4.990.

 

Esto se debe a que las personas por vía judicial obtienen un mayor monto de subsidio, superando los límites del decreto, porque en el marcado de alquileres es casi imposible conseguir una vivienda por $ 4.000 y los tribunales en cumplimiento del art. 31 de la Constitución de la Ciudad ordenan que el monto ascienda hasta garantizar el acceso a una vivienda digna.

 

Conclusión

-6 de cada 10 personas en situación de calle tuvo que ir a la justicia para acceder al subsidio habitacional, a un plazo mayor o a un mayor monto. La sentencia judicial prácticamente se ha transformado en un requisito administrativo más.

-Es una política pública que actualmente ha generado miles de acciones de amparo de las cuales actualmente están en proceso más de 5.300. Frente a la inédita judicialización de la política el GCBA no ha modificado sustancialmente el Programa Atención para Familias en Situación de Calle, que ya tiene más de diez años de implementación. Gran parte del trabajo del Fueron en lo Contencioso Administrativo y Tributario y del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad está abocado a la tramitación de estas miles de causas. El monto promedio de los subsidios efectivamente otorgados supera en más del 50% el límite actual del Programa. Esta señal clara tampoco ha logrado que el GCBA aumente los montos del subsidio para evitar la judicialización.

-El Gobierno porteño utiliza a la Justicia como un filtro más para no garantizar el derecho a la vivienda.

-Esta política de subsidio es un negocio para los hoteles e inquilinatos que no garantizan adecuada condiciones de habitabilidad a las familias y que la administración de Larreta no controla. Del año 2018 al año 2019 disminuyeron las familias que perciben el subsidio pero aumentaron casi en 800 las personas que acceden por vía judicial. Es decir, en este último año, el Gobierno porteño ha adoptado una política de acceso muy restrictiva que generó el aumento de la judicialización y la disminución de beneficiarios en un contexto donde la crisis habitacional se agrava.

 

Durante 2018,  Laura Velasco (Educadora y Feminista. Lic y Prof Letras Consejo Económico y Social Parlamento de Mujeres Frente x la ESI Mumala ISEPCI Barrios de Pie Libres del Sur CABA), denunció que el número de personas en situación de calle que había difundido el Gobierno porteño era falso.

La administración PRO había informado que 1091 personas se encontraban en situación de calle. En el 2017 habían informado que eran 1066. Como contrapartida de esos datos falsos, las organizaciones sociales realizaron el Primer Censo Popular de Personas en Situación de Calle que arrojó una cifra superior: 5872 personas viviendo en la calle. Las medidas económicas vigentes han generado que personas que alquilaban queden en situación de calle.

La Justicia porteña impugnó aquellos datos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y lo obligó a realizar un nuevo relevamiento: El artículo 4 inciso “k” de la ley de Ciudad de Buenos Aires n° 3706 “Protección y garantía integral de los derechos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle” elaborada por las organizaciones sociales en el 2010 y sancionada en diciembre de ese año, obliga al Estado a realizar un relevamiento anual de las personas en situación de calle y en riesgo de estarlo, a fin de elaborar políticas públicas acordes. Desde entonces, anualmente, el Gobierno realiza un conteo superficial con serias irregularidades. La jueza Elena Liberatori del Juzgado N° 4, del fuero Contencioso Administrativo, falló en contra del diagnóstico y la metodología adoptada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para realizar sus conteos, haciendo lugar al amparo que la diputada nacional Victoria Donda había presentado en 2016 cuando el Gobierno porteño sostenía que había 876 personas en situación de calle. El fallo estableció cómo debían llevarse a cabo los relevamientos de las personas en situación de calle o en riesgo de estarlo, dejando en evidencia que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en los años 2016 y 2017, llevó adelante conteos fuera de la ley, tratando de esconder la verdadera cantidad de personas en situación de calle o en riesgo de estarlo.

 

 

Fuente consultada: Observatorio del Derecho a la Ciudad.

Portal de Parque Chas

Redacción

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