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El gobierno porteño deberá  diseñar políticas de empleo y vivienda para el colectivo trans

Una causa iniciada desde el Ministerio Público de la Defensa, derivó  en un  fallo judicial que ordena  que en un plazo de 60 días, el ejecutivo deberá llevar a cabo una convocatoria a través de los medios para que las personas trans se presenten a un censo.

 

En una causa iniciada por el Defensor Oficial Pablo De Giovanni, en colaboración con el Programa de Género y Diversidad Sexual del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad, la justicia ordenó cautelarmente al Gobierno porteño que lleve a cabo un relevamiento y diseñe e implemente un plan de políticas públicas de empleo y vivienda para el colectivo trans, un grupo cuyos derechos han sido históricamente vulnerados.

 

En particular, la resolución dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Gallardo dispuso que, en el plazo de 60 días, el Gobierno deberá llevar a cabo una convocatoria a través de los medios para que las personas trans se presenten a un censo. El objetivo es compilar y procesar información referida a la edad, situación laboral, ingresos (y su fuente), estado de salubridad, formación profesional y académica, así como “todo dato de interés que contribuya al análisis integral de la situación del colectivo”.

 

Asimismo, el magistrado ordenó al GCBA que diseñe e implemente un plan de políticas públicas de empleo para esta población y otorgue, a los integrantes que así lo peticionen, un subsidio para cubrir el valor íntegro de una vivienda digna. Para ello, el Ministerio de Desarrollo Humano, previa evaluación del caso, deberá incluir a la persona en alguno de los programas existentes y orientarla en la búsqueda de alojamiento. Esta orientación se deberá realizar desde un espacio de atención dedicado especialmente a las personas LGBT, el cual se deberá crear y dar a conocer debidamente.

 

Estas medidas, que atienden los intereses del colectivo desde una perspectiva panorámica de su problemática fueron tomadas por el juez en el entendimiento de que si bien el amparo solicitaba incorporar a toda persona trans como beneficiaria de los planes de subsidios, allí se reconocía que éstos, por sí solos, no trasuntan en una salida útil. Pues aún si califican para percibirlo, el principal obstáculo que enfrentan para el acceso a la vivienda es la discriminación que padecen.

 

Esta premisa, según planteó el juez en su resolución, surge de “una serie de informes estadísticos oficiales y privados que han expuesto la problemática que padecen”. Entre otras fuentes, Gallardo se refirió a los datos brindados por el INDEC y el INADI, al informe del MPD sobre “Acceso a la vivienda para las mujeres trans, la precariedad habitacional como principal alternativa” y a la investigación realizada por el Programa de Género y Diversidad Sexual del organismo en la publicación “La Revolución de las Mariposas”.

 

Gallardo señaló que estos trabajos demuestran que el colectivo trans sufre de una extrema vulnerabilidad social: “No tienen garantizada condiciones dignas de vivienda, no logran acceder al mercado formal de trabajo, deben ejercer la prostitución como única fuente de ingresos, poseen baja expectativa de vida ─ aproximadamente 45 años de edad ─, padecen discriminación por su identidad de género, no logran acceder a las propuestas habitacionales debido a la mencionada discriminación y por último, las respuestas por parte del Estado son insuficientes”, explicó.

 

Además, aseguró que la falta de vivienda aumenta el riesgo de las  personas LGBT a ser víctimas de violencia, tal como surge de la investigación del MPD que identifica a la calle como el ámbito más violento para ellas. A esto se suma que están expuestas “a importantes riesgos no solo en su salud e integridad física, sino incluso en su vida como consecuencia de la discriminación que padecen y la falta de contención”. La mayoría “no posee cobertura social, y la prostitución es un factor de riesgo constante de contraer enfermedades (…), situación frente a la que no suelen acceder a exámenes de prevención y/o tratamiento dada la discriminación que padecen”.

 

Frente a la situación laboral en particular, el juez afirmó: “Al mantener conversaciones con muchos de los o las componentes del colectivo tras, el clamor por un trabajo digno se hace presente. El ser llevadas o llevados al ejercicio de la prostitución como única forma posible de supervivencia, es una no opción. Nadie elige ser prostituta/o, nadie nace para ello. Es una sociedad egoísta e hipócrita la que arrastra mediante la segregación y el aislamiento a los distintos a la guetificación”.

 

Por otro lado, Gallardo destacó que el propio GCBA, si bien informó que no hay datos oficiales sobre la población LGBT, ha reconocido la vulnerabilidad social que la afecta. Aun así, planteó que el Ejecutivo local “ha sacado a escena una actitud negadora y desdeñadora”. En el mismo sentido, según el juez, han asumido también la problemática que enfrentan estas personas los legisladores que han intervenido en los diversos proyectos de ley que se han intentado tratar para afrontarla.

 

Finalmente, el juez subrayó que tanto la legislación nacional, como la local y convencional reconoce los derechos de este colectivo y está dirigida precisamente a paliar sus vulnerabilidades. Para Gallardo toda esta legislación “no puede ser meramente declarativa”, y se preguntó: “¿Cuántas muertes prematuras más vamos a esperar que ocurran para tomar cartas en el asunto? ¿Por cuánto tiempo más seremos cómplices institucionales de la segregación y el escarnio?”. “Nuestra Constitución local, en su artículo décimo, indica que los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de su reglamentación y ésta no puede cercenarlos. Ese es el principio rector que nos guía en la tarea judicial”, concluyó.

 

La demanda había sido iniciada por el Defensor Pablo De Giovanni, en conjunto con la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), a cargo de Pedro Paradiso, y cuatro mujeres trans que se encontraban hacinadas en un hotel de Palermo. Si bien inicialmente el objeto fue el cese de la discriminación por omisión llevado adelante por el GCBA, que no desarrolló una política eficiente para el colectivo en materia de vivienda, luego se amplió para incluir a todas las personas del colectivo LGBT de la Ciudad que sufren dificultades habitacionales. Para ello, en mayo de este año, el juzgado convocó a todas las personas travestis y transexuales en estado de vulnerabilidad a presentarse  en el expediente. Además, adhirieron a la demanda la Federación Argentina de Lesbianas Gays y Trans (FALGBT) y la Defensoría LGBT.

 

 

 

 

 

 

Fuente consultada: Ministerio Público de la Defensa

Portal de Parque Chas

Redacción

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