Ultimas leyes aprobadas por la Legislatura porteña
En la última sesión se aprobó un programa de protección a víctimas de Cromañón y otra normativa que persigue el objetivo de proteger las calles adoquinadas mediante su integración al Patrimonio Cultural en la categoría “Espacios Públicos.
Programa de protección a víctimas de Cromañón
A través de una ley se otorgará a víctimas sobrevivientes y a sus familiares directos subsidios económicos y asistencia en salud, educación e inserción laboral.
Se sancionó por unanimidad una ley que tiene por objeto establecer la asistencia integral a las víctimas sobrevivientes y familiares de víctimas fatales de “La Tragedia de República de Cromañon”, ocurrida el 30 de diciembre de 2004 en el local sito en la calle Bartolomé Mitre 3060 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de prestaciones de salud, educación, inserción laboral y asistencia económica.
La norma garantiza una asistencia económica mensual por el término de cinco años de $ 1.200 para los sobrevivientes y $ 2.400 para los familiares de víctimas fatales hasta el 1º grado por consanguinidad o afinidad, que será actualizada anualmente conforme el Índice de Precios al Consumidor que elabora la Dirección General de Estadísticas y Censos porteña (IPCABA). Asimismo establece que la asistencia económica cesa en caso de cobro de alguna indemnización judicial o extrajudicial.
Además se garantiza a los beneficiarios los tratamientos, medicamentos y prácticas médicas, en especial, la atención en salud mental, los controles neumonólogicos, los tratamientos de oncología, traslados prescriptos y demás vinculados. En cuanto a la inserción laboral, el Poder Ejecutivo los convocará a participar de los concursos que se dispongan para cubrir vacantes en el sector público. Asimismo diseñará e implementará acciones, políticas y programas, incluida la celebración de convenios, a fin de promover la capacitación de los beneficiarios para la mejora de las condiciones de empleabilidad en el mercado de trabajo.
Protección a cuadras adoquinadas
La Legislatura Porteña sancionó una ley que resguarda y da destino específico a aproximadamente 50 millones de piezas recolectadas por el Poder Ejecutivo, evitando su pérdida y/o venta y protegiendo el paisaje urbano.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley que persigue el objetivo de proteger las calles adoquinadas mediante su integración al Patrimonio Cultural en la categoría “Espacios Públicos”. La norma comprende a aquellas calles actualmente construidas con adoquinado granítico en las vías circulatorias de la Red Vial Terciaria que incluye a los accesos o servicio de los barrios, pasajes y peatonales de la ciudad. También resguarda con destino específico a aproximadamente 50 millones de piezas recolectadas por el Poder Ejecutivo evitando su pérdida y/o venta y protege el paisaje urbano.
A los efectos de la conformación del catálogo definitivo, las Juntas Comunales elaborarán un inventario provisorio de las calles adoquinadas dentro de su territorio teniendo en cuenta su ubicación y que integren Distritos Área de Protección Histórica -APH y de Arquitectura Especial -AE; Sitios o Lugar Histórico, Áreas o Espacios Públicos según la Ley Nº 1277 art. 4 inc. a,c y e; Distritos de Urbanización Parque -UP y otras vías terciarias. En tanto, el católogo definitivo estará a cargo de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultura de la Ciudad.
El artículo 4º de la ley sancionada este jueves autoriza al Ejecutivo “a disponer de las piezas graníticas recuperadas y las que se encuentren en resguardo” para su reposición en arterias integrantes del Católogo Definitivo, construcciones de calles, senderos peatonales o calles de convivencia en los distritos de zonificación especial U31, así como en itinerarios de plazas y parques del Distrito UP, incorporación en el diseño de plazas secas y bulevares de avenidas, construcción en el estremo este de la rambla de la Costanera Norte de una baranda de la misma altura que las actuales y las piezas “que por sus formas no fueran aptas para ser utilizadas, podrán ser destinadas al uso en zonas de las vías del transporte subterráneo y/o premetro”.
Finalmente, la norma modifica el artículo 1º de la Ley Nº 65, quedando el siguiente texto: “Las vías circulatorias terciarias, adyacentes y/o circundantes a monumentos o lugares históricos de la Ciudad de Buenos Aires cuyo solado se encuentre actualmente ejecutado con empedrado o adoquinado serán mantenidas con dichos materiales a efectos de mantener la continuidad en el paisaje urbano de las arterias”.
La ley se sancionó sobre un texto consensuado con 55 votos positivos y la única abstención de la diputada María Rachid (FpV). El proyecto iniciado por Nenna (FpV) al ser tratado en la Comisión de Planemiento Urbano se modificó y obtuvo un dictamen de mayoría firmado por el PRO y uno de minoría sostenido por los bloques Frente para la Victoria y Frente Progresista y Popular.
Fuente: Legislatura CABA