Rechazan proceso licitatorio del bajo viaducto del ferrocarril San Martín
Fue después que tomara estado público a nivel nacional por una nota que publicó Página/12. Integrantes del Consejo Consultivo de la Comuna 15 emitieron un comunicado objetando el llamado a licitación.
El 31 de octubre, Página/12 publicó una nota titulada “Concesionan por 30 años los predios del Bajo Viaducto San Martín.” En la misma se consigna que “La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) da en concesión por 30 años más de 48 mil metros cuadrados de terrenos del bajo viaducto del ferrocarril San Martín, de la misma forma que lo hizo con las áreas generadas por la elevación de las vías del tren en la línea Mitre (adjudicado a un particular el 21 de octubre pasado por 1.140 millones de pesos).”
El gobierno porteño todavía no dio a conocer el resultado del llamado a licitación pese a que ya se presentaron las ofertas. El periodista Nicolás Romero detalla en su nota que el proyecto para el bajo viaducto del ferrocarril San Martín sigue los mismos parámetros que en el Mitre: “Desarrollo de locales comerciales y gastronómicos”, que contradice en su totalidad lo que vienen reclamando las organizaciones vecinales de la zona.
El Consejo Consultivo de la Comuna 15 ya emitió un comunicado público dirigido a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABA).
En el mismo, rechazan la totalidad del proceso licitatorio para la concesión de uso de los espacios bajo viaducto en la comuna que lleva el número 392-005-CPU 19 (expediente Nro 2019-89333-APN-DCCY#AABE). La licitación incumple e ignora lo previsto en el Art. , Aert 29, Art. 30, Art 31.1, Art 31.2, Art 32, Art. 33, Art. 40, Art. 41, Art. 127, Art. 128 y Art. 131 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, como así también lo estipulado en la Ley 1777/05 Art. 3, Art. 8, Art. 9, Art. 10e), Art. 11b), Art. 1 , Art. 11 d), Art. 11 e), Art. 11 g), Art. 11 h), Art. 13, Art. 33, Art. 34, Art. 35, y Art. 38 de la citada Ley.
“Les exigimos que se abstengan de adjudicar cualquier área superficie o lugar en el denominado bajoviaducto del Ferrocarril San Martín bajo apercibimiento de incurrir en una falta insalvable de la normativa por la cual debe dar cuenta los funcionarios intervinientes. La presentación de esta impugnación y sus abajo firmantes han sido aprobados por la asamblea N° 89 de Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 15 de esta ciudad celebrada en el día de la fecha”, finaliza el comunicado del Consejo Consultivo, que es el órgano público de Participación Popular y democracia participativa, en el cual los vecinos y sus organizaciones elaboran proyectos y soluciones a distintas problemáticas que se presenten dentro o incluyan a sus respectivas comunas, como así también la de realizar el control y seguimiento de todos los actos de gobierno.
“Trabajamos con el Consejo para reclamar por el uso de los espacios públicos, y hace una semana nos desayunamos que ya estaban las ofertas por el bajo viaducto. Desde las organizaciones vecinales pedimos que se destinen esos espacios para usos que tienen que ver con la comunidad, desde un mercado comunitario para hacer llegar los productos de los propios productores a los vecinos, a centros de jubilados. Pasando por espacios para instituciones del barrio, como los colegios que tienen un déficit terrible de áreas para que los alumnos realicen actividades deportivas y recreativas”, detalló Ricardo López a Página/12 integrante de la Asamblea Vecinal de Juan B. Justo y Corrientes nacida en 2001.
Asimismo, Carlos Caserta, integrante del Movimiento Comunero, una organización que también surgió durante la crisis del 2001 y que trabajó para lograr en 2005 la sanción de la ley de Comunas 1777 puesta en vigencia recién en 2011, expresó al mismo matutino: “El gobierno que dice ‘que en todo estas vos’, abrió un canal de participación que en verdad no tiene en cuenta la voluntad de los vecinos, que en su mayoría manifestó que quiere espacios socio culturales. La realidad es que al gobierno lo único que le interesa es el negocio para los amigos. Lo que piden los vecinos no está reflejado en ningún lado.”
¿Cuál es la función de los Consejos Consultivos?
-Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.
-Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna.
-Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario.
-Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular.
-Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos.
-Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal.
-Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos la Comuna.
-Controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna.
-Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la Ley de Comunas.
-Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas.
-Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.