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Posicionamiento ciudadano frente al debate de la modificación del Código Urbanístico

 

 

 

 

Frente a la forma en que se desarrolla la actualización del CUR, más de mil ciudadanos/as de las 15 comunas de la Ciudad de Buenos Aires, denuncian que el proceso de modificación integral que propone el Gobierno porteño, contiene severas fallas que constituyen violaciones al derecho a la participación ciudadana y de acceso a la información pública en el marco del paradigma del Derecho a la Ciudad y de la Democracia Participativa Ambiental.

 

Mediante un comunicado, diversos colectivos y organizaciones barriales hicieron saber su posicionamiento frente a la forma en que se desarrolla la actualización del Código Urbanístico (CUR) propuesto por el Ejecutivo porteño. Denuncian que el procedimiento, contiene severas fallas que constituyen violaciones al derecho a la participación ciudadana y de acceso a la información pública en el marco del paradigma del Derecho a la Ciudad y de la Democracia Participativa Ambiental. “Queremos un Código Urbanístico que respete las particularidades de cada barrio, que cuide al medio ambiente y fomente la creación de nuevos espacios verdes de verdad”, señalan.

Comunicado

  1. El Gobierno de la Ciudad considera que el inicio del proceso de modificación del CUR es parte del cumplimiento de la Evaluación Obligatoria e Integral del Código Urbanístico que este mismo exige cada 4 años (art. 1.1.4. CUR)
  2. Pero no cumplieron con las etapas de Monitoreo General y Particular de las cuales debería surgir la información necesaria para elaborar el diagnóstico como parte de los resultados de dicha evaluación. Obviamente, tampoco garantizaron la participación ciudadana durante estos monitoreos.
  3. Convocaron a reuniones para dar lugar a la participación ciudadana sin ningún informe o dictamen o conclusión de la etapa de monitoreo. Tampoco se puso a disposición de la ciudadanía ningún documento de diagnóstico integral del funcionamiento del CUR o documentos que fundamenten las propuestas del GCBA.
  4. Hasta el día de hoy, la ciudadanía no pudo acceder a ningún documento concreto de las propuestas del GCBA y, mucho menos, a un borrador del proyecto de ley.
  5. No se ha dado participación ciudadana de forma descentralizada en los barrios o en las Comunas o en las villas, como sí se había hecho cuando se discutió el Código Urbanístico aprobado en el año 2018.
  6. Las únicas instancias de participación fueron reuniones generales en el marco del Foro Permanente Participativo (3 reuniones) donde sólo se permitió participar en reuniones donde cada persona podía hablar dos minutos para abordar todos los problemas de la planificación de la ciudad y teniendo como base de discusión, un Power Point con no más de 10 renders.
  7. El Consejo de Plan Urbano Ambiental (CoPUA) convocó al Foro Permanente Participativo sin que los miembros del Consejo tuvieran el proyecto de ley o el borrador de la propuesta. La autoridad que convocó a la ciudadanía a opinar no tiene tampoco acceso sobre lo que se debería opinar. Una irregularidad gravísima.
  8. Este procedimiento participativo está violando cada uno de los derechos reconocidos por el Acuerdo de Escazú que regula a nivel internacional nuestro derecho a la participación en la decisión de temas ambientales, viola el Plan Urbano Ambiental, el propio Código Urbanístico (arts. 1.1.4 y 10.11), y la Constitución de la Ciudad que dispone que su forma de gobierno es una democracia participativa.
  9. Esta situación se agrava porque el Gobierno de la Ciudad informó que no habrá otra instancia de participación institucionalizada salvo la audiencia pública en la Legislatura porteña una vez que haya aprobado el proyecto de ley de modificación del CUR en primera lectura.
  10. Para abordar un proceso de discusión integral del CUR se requiere tratar otros instrumentos de planificación previamente.
  • La actualización del Plan Urbano Ambiental.
  • La aprobación del Modelo Territorial.
  • La aprobación del Código Ambiental.
  1. Por la Emergencia Urbanística Ambiental en la que se encuentran determinados barrios, sus habitantes se organizaron y presentaron proyectos de ley de modificación parcial y de urgencia del CUR para sus barrios que se encuentran con estado parlamentario en la Legislatura porteña.
  • Barrio Villa Devoto – Expte. N° 1130-P-2024 | Expte. N° 3009-P-2022 | Expte. N° 2007-P-2024.
  • Barrio Villa del Parque – Expte. N° 768-P-2023.
  • Barrio Palermo – Expte. N° 1242-P-2023.
  • Barrio Chacarita – Expte. N° 1199-P-2023.
  • Barrio Coghlan – Expte. N° 2116-P-2023.
  • Barrio Constitución – Expte. N° 1857-P-2023.
  • Barrio Flores Norte – Expte. N° 2780-P-2023.
  • Barrio Parque Chas – Expte. N° 1813-P-2024.
  • Barrio Colegiales – Expte. N° 1980-P-2023 | Expte. N° 639-P-2024.

 

Por estos motivos, solicitan que:

  1. El Gobierno de la Ciudad avance con la aprobación de los proyectos de ley barriales presentados y con las propuestas de los barrios que también están en emergencia pero que aún no presentaron formalmente proyectos de ley, de forma inmediata en la Legislatura como medida de emergencia para mitigar los impactos negativos del CUR de la forma más rápida posible.

En esta línea resulta fundamental que el Gobierno de la Ciudad suspenda el otorgamiento de los permisos de obra o registro de planos dentro de los polígonos de estos barrios en emergencia hasta que se resuelva el cambio de la normativa. Asimismo, se debe establecer que el cambio normativo deberá aplicarse también a los expedientes administrativos iniciados aun cuando cuenten con Certificados Urbanísticos vigentes. De lo contrario, se aprobarían leyes de protección urbanística de estos barrios que en los hechos no tendrían mucha efectividad.

  1. En simultáneo, que el Gobierno de la Ciudad inicie un proceso de evaluación del Código Urbanístico serio, adecuado e integral, respetando las instancias obligatorias adecuadas a la envergadura de la problemática que establece el propio CUR y el Plan Urbano Ambiental, habiendo discutido participativamente y aprobado previamente los instrumentos de planificación pendientes que son los que establecen los lineamientos y principios de la planificación que el CUR debería respetar.
  2. En particular, a fin de realizar la evaluación integral del CUR, el Gobierno de la Ciudad debe cumplir con las instancias iniciales de monitoreo imprescindibles para el abordaje de una reforma que garantice el respeto a la identidad, el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y el acceso a los servicios y bienes comunes, en cada comuna/barrio con tratamiento por barrio y por comuna. Se debe corporizar un diagnóstico realizado por Comuna y por Barrio y establecer las prioridades a resolver en un trabajo conjunto entre la ciudadanía y el Gobierno de la Ciudad que sirvan como base para la discusión de las propuestas concretas y futuro contenido del CUR.

 

Firmar adhesión

 

Firmantes Colectivos

Devoto Unido

Villa Crespo Activa

Somos de Parque Chas

Agrupación Conciencia Urbana C11

Amigos de la Estación de Coghlan

Amparo Ambiental Chacarita

Colectivo Vecinal de la Comuna 11

Parque Cultural Estación Colegiales

Palermo Resiste

Barrios Históricos Vivos

El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos

Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC)

Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria (CLIC)

Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPYPP)

Fundación Ciudad

Basta de Demoler

Residentes Distrito del Vino

Asamblea Sin Barreras Ni Túneles

Asamblea de Agronomía

Vecinos por la Ecología

Basta de Mutilar Nuestros Árboles

Asociación Civil Incluir

Interbarrial Bs. A.

Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos

 

 

 

 

 

 

 

 

Portal de Parque Chas

Redacción

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