Portal de Parque Chas: "5 años haciendo Historia"
Buenos Aires, Argentina /
Fecha de Publicación:25/10/06  

NOTA DE OPINION

¿Ensañamiento con el Riachuelo?



Con gran ensañamiento pareciera se proponen volver a matar al Riachuelo.

La ley a crearse debe eliminar constitucionalmente el problema de las jurisdicciones que históricamente hizo infructuoso el accionar eficiente en la cuenca.

Debe asegurar que el nuevo poder de policía sea constitucionalmente incuestionable a futuro por cualquier actor, sea privado o público, pero como lo expresó el Dr. Andrés Nápoli, representando al Dr. Daniel Sabsay, en el seminario que sobre el particular organizó el CARI, el pasado 11 de octubre, el proyecto de ley que acaba de tener media sanción en el Senado, es un traje a medida para que las empresas de la cuenca sigan zafando a su histórica responsabilidad, respecto de la nueva autoridad en
curso, tesis compartida por otros muchos prestigiosos juristas y funcionarios de alto rango que no hacen públicas sus objeciones por no ser políticamente convenientes".

Nuestra intención es que la Autoridad de Cuenca MATANZA RIACHUELO a crearse, expte. PE - 187/06 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, posea un marco jurídico institucional sustentable que, de una vez por todas y para siempre, encauce la problemática de la interjurisdiccionalidad. Que no tenga como único soporte una eventual y coincidente voluntad política favorable, la cual, a futuro, puede verse coyunturalmente afectada por cambios que la vacíen de imperio sobre las actividades en la cuenca.

Creemos que una posible solución, no es la firma de un convenio de adhesión política, sino la firma de un Tratado Previo entre las jurisdicciones, con delegación expresa del poder de policía, más otras facultades. Ello en base al siguiente apoyo legal:

Artículo 124:
"Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines … con conocimiento del Congreso Nacional."

Artículo 125:

"Las provincias pueden celebrar tratados parciales para fines de
administración de justicia, de intereses económicos y trabajos de utilidad común, con conocimiento del Congreso Federal …"

De esta manera se sortearía la problemática de la interjurisdiccionalidad por tener justamente sustento constitucional.

La gravedad del tema y la repetición histórica de reiteradas fallas
operativas y de conformación, hace que tengamos que ser muy analíticos y minuciosos, en la ley a impulsar, para evitar sea interpretada como gatopardismo".

Señores Diputados Nacionales, ahora Ustedes tienen la palabra ante tamaña e histórica responsabilidad.


AS0CIACION DE VECINOS LA BOCA
ALFREDO ALBERTI
PRESIDENTE
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