Se aprobó la Ley de Comunas
Parque Chas formará parte de la
Comuna 15
Con 4 años de retraso quedó
finalmente aprobada la Ley de Comunas. Serán Gobiernos autónomos
de los barrios dirigidos por una Junta Comunal formada por vecinos
y votada por los vecinos.
La ley había sido aprobada en general en noviembre del año
pasado, quedando pendientes los artículos referidos a la
cantidad de sedes comunales en que quedaría dividida la ciudad,
y la elección de autoridades.
Con respecto al primer punto, la ley sancionada establece 15 comunas
con un promedio de 185.000 habitantes cada una.
Parque Chas formará parte de la número 15 junto
con Agronomía, Paternal, Villa Crespo, Chacarita, Villa Ortúzar.
Con respecto al segundo punto, por 42 votos a 12 se impuso la posición
que establece que las nuevas autoridades asumirán después
del 31 de diciembre de 2007, luego de un período de trancisión
en el que se permita la participáción de las organizaciones
vecinales, la confección de los nuevos padrones por distrito,
la asignación de personal, el llamado a elecciones y la disolución
de los
16 CGP (Centros de Gestión y Participación).
¿Quién elige a la Junta Comunal?
Los vecinos del barrio.
Es requisito para ser candidato/a, vivir desde hace por lo menos
dos años en el territorio de la Comuna. Esto es para
que ningún político "extraterrestre", metido
en alguna lista sábana, aterrice en el barrio pretendiendo
gobernar.
Las autoridades serán elegidas cada cuatro años.
Al Jefe comunal lo acompañará una Junta de siete miembros,
que cobrarán unos $ 3.500 de sueldo cada uno.
En los Consejos Consultivos Comunales (integrado por representantes
ad honorem de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos,
redes y otras formas de organización con intereses o actuación
en ese ámbito) no se podrá negar pertenencia ni excluir
a ninguna organización vecinal o vecino independiente que
quiera participar. Cada Consejo Comunal será el encargado
de elaborar el Plan de Acción Anual de la Comuna, el Presupuesto
correspondiente y de controlar que la Junta Comunal lo cumpla
Vale la pena aclarar que se sancionó una cláusula
transitoria que dispone que para la primera elección no se
tendrá en cuenta uno de los requisitos fijados para poder
ser candidato para integrar las Juntas Comunales. Los postulantes
deberán ser argentinos nativos, por opción naturalizados,
ser mayores de edad, no tener inhibiciones legales, pero no se
exigirá tener residencia habitual y permanente en la Comuna,
inmediata a la elección, no inferior a dos años.
¿Cuáles serán las principales funciones
de las Comunas?
Tendrán a su cargo el mantenimiento de plazas y calles de
su ámbito, generarán políticas culturales y
sociales.
Los más importante es que serán unidades autónomas
del Gobierno central con presupuesto propio con capacidad de decisión.
En el último año, cómo parte de una trancisión
hacia las futuras Comunas, el Ejecutivo porteño decidió
otorgarles a los actuales CGP un pequeño presupuesto para
descentralizar algunos trámites, ejemplo de ello son las
cuadrillas de mantenimiento barriales.
En los primeros dos años del funcionamiento de las Comunas,
el presupuesto con el que contarán cada una no podrá
ser mayor al 5% del total de recursos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, unos $ 6.000 millones para el 2006.
En la lectura de los barrios que integrarán la futura Comuna
15, no se menciónó a Parque Chas como barrio independiente
del de Agronomía. En su intervención, el diputado
Betti remarcó esta omisión y solicitó que la
Ley contemple una cláusula en la que Parque Chas se incluído
dentro de la Comuna que integra Villa Urquiza por la vinculación
social histórica que existe entre ambos barrios, pedido que
también habían formulado algunos vecinos durante las
reuniones que llevó a cabo la Comisión de Descentralización
de la Legislatura durante el año pasado.
Parque Chas ya tiene sancionada la ley de aprobación inicial
que lo convertirá en el barrio 48 de la Capital Federal.
Antes de la sanción de la ley definitiva deberá realizarse
la Audiencia Pública.
Septiembre 2005
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Comuna 2: Recoleta.
Comuna 3: Balvanera
y San Cristóbal.
Comuna 4: Nueva
Pompeya, Parque Patricios, Barracas y La Boca.
Comuna 5: Almagro
y Boedo.
Comuna 6: Caballito.
Comuna 7: Flores
y Parque Chacabuco.
Comuna 8: Villa
Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati.
Comuna 9: Liniers,
Mataderos y Parque Avellaneda.
Comuna 10: Villa
Real, Versalles, Monte Castro, Villa Luro, Vélez Sarsfield
y Floresta.
Comuna 11: Villa
Devoto, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa Mitre.
Comuna 12: Villa
Pueyrredón, Villa Urquiza, Coghlan y Saavedra.
Comuna 13: Colegiales,
Belgrano y Núñez.
Comuna 14: Palermo.
Comuna 15: Agronomía,
Paternal, Villa Crespo, Chacarita, Villa Ortúzar y Parque
Chas
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