Fecha de Publicación:05/01/07 |
Fuente:APEVU |
INFORME
Urbanización Salvaje
ParqueChasWeb recibió en su redacción
un informe de la Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos,
en el cual manifiestan "que la acción de los vecinos porteños
en oposición a la proliferación indiscriminada de edificios
en altura de perímetro libre (torres), puso al descubierto
la política urbana implementada a partir de agosto de 2000
continuadora de la política de los años 70, 80
y 90".
La ONG fundada en 1993 tiene como interés el
cuidado de las áreas verdes, para la salud de los habitantes
de la Ciudad y Gran Bs As; la costa del Rio de la Plata. Mejorar el
ambiente urbano; obtener mejor y más efectiva legislación
para protejer los intereses de la población; promover y apoyar
la acción de entidades vecinales y otras ONGs con el fin de
lograr la efectivización de estos objetivos.
En su declaración de principios, la Asamblea Permanente por
los Espacios Verdes Urbanos afirma
que "es una unión amplia de entidades y personas, abierta
a todos aquellos que deseen integrarse.Es independiente de todo partido
o movimiento político o religioso y no persigue fines económicos.
Las entidades participan en la APEVU a través de sus representantes,
en un pie de igualdad. Conservan sus individualidades y características
propias. Acuerdan por consenso la realización de actividades
comunes y eligen una Mesa Coordinadora encargada de poner en práctica
sus decisiones. Al mismo tiempo, esta Asamblea está abierta
a las personas que en forma individual deseen adherirse".
Código de Planeamiento Urbano [CPU] y Evaluación de
Impacto Ambiental [EIA]
El actual Código
de Planeamiento Urbano [CPU] de la Ciudad de Bs As tiene su origen
en el promulgado en 1977 por el entonces intendente de la dictadura,
Andrés Cacciatore.
Luego, en épocas de gobiernos electos (décadas de
1980/90), las excepciones aprobadas por el ex Concejo Deliberante
-autorizando la construcción de mayor superficie cubierta-
empeoraron la situación y tomaron el carácter de escandalosas.
Como consecuencia de esas excepciones y otras modificaciones,
el CPU se convirtió en un mamarracho, anotándose las
sucesivas reformas en un plano maestro de la Ciudad,
el cual finalmente desapareció.
La acción de los vecinos porteños en oposición
a la proliferación indiscriminada de edificios en altura
de perímetro libre (torres), puso al descubierto la política
urbana implementada a partir de agosto de 2000 continuadora
de la política de los años 70, 80 y 90- cuando la
entonces imparable ALIANZA, junto con importantes sectores del PJ
porteño, aprobaban en la Legislatura de la Ciudad la Ley
Nº 449 de modificación del Código de Planeamiento
Urbano [CPU] y la Ley Nº 452 modificatoria de la Ley Nº
123 de Evaluación de Impacto Ambiental [EIA]. Esto se llevaba
a cabo en el marco de una maratónica sesión en la
que fueron aprobadas 144 leyes en 48 horas (2/8/2000), aprovechando
la mayoría existente en la Legislatura ante la próxima
asunción de Aníbal Ibarra como Jefe de Gobierno (6/8/2000).
La sanción de este Código había sido rechazada
por la abrumadora mayoría de los vecinos y ONGs participantes
en dos Audiencias Públicas celebradas en la Ciudad: el 12/11/1997
y -la más importante- entre el 8 y el 15/6/1999, en las cuales
participaron entidades miembros de la Asamblea Permanente por los
Espacios Verdes Urbanos [APEVU] con una posición crítica,
exigiendo la Evaluación de Impacto Ambiental [EIA] para las
modificaciones propuestas. Esto significaría el conocimiento
de los efectos que tendría sobre la Ciudad la aplicación
del Código modificado; también se propuso que las
tierras nacionales ubicadas dentro de la Ciudad fueran destinadas
a espacios verdes públicos, previa rezonificación
como Distrito Urbanización Parque [UP].
La modificación del CPU aprobada finalmente por la Legislatura,
implicó un aumento notable de la capacidad constructiva en
la mayor parte de la Ciudad y la resignación de condiciones
de vida mínimamente aceptables para los habitantes de futuras
viviendas: ambientes más pequeños, menos aire y menos
luz; también quedó formalizada la posibilidad de una
normativa especial para construir en lotes de más de 2.500
m2.
Asimismo, la modificación de la Ley Nº 123 de Impacto
Ambiental, con la aprobación de su modificatoria -Ley Nº
452- dejó liberados los edificios dedicados a vivienda sin
importar la superficie a construir.
Sintetizando: a partir de agosto de 2000 en Buenos Aires se comenzaba
a construir con normativa a medida sobre lotes de más de
2.500 m2 de superficie y sin ningún tipo de Evaluación
de Impacto Ambiental [EIA], mediante la simple aprobación
de planos por funcionarios de tercera línea. Esta operatoria
fue la resultante del acuerdo entre los grandes inversores inmobiliarios,
los grupos políticos mayoritarios del momento y la representación
corporativa de los profesionales de la construcción (los
mismos que ahora protestan por la suspensión de permisos
de obra).
Infraestructura colapsada
La proliferación
indiscriminada de edificios en altura no sólo pone en peligro
de colapso la infraestructura de servicios de la ciudad, sino también
la provisión de agua potable a millones de personas en la
zona del acuífero Puelche, perforado y con sus aguas contaminadas
por las bases de las torres construidas sobre la costa (Puerto Madero,
Centro, Retiro, Recoleta, Palermo, Belgrano, Núñez);
esas mismas bases obstruyen el normal escurrimiento de las aguas
de lluvia hacia el río a través de la primera napa
de agua -efecto conocido como endicamiento de la napa freática-
constituyéndose en factor determinante de inundaciones.
Asimismo, la red cloacal está colapsada desde hace más
de veinte años: los cinco arroyos entubados que atraviesan
la ciudad utilizados originalmente como desagües pluviales-
son desde entonces emisores directos de efluentes cloacales e industriales
que desagotan "en crudo" en nuestra costanera, aumentando
de esta forma la contaminación del estuario. Recordemos que,
debido a la deficiente calidad de las aguas, está prohibido
bañarse desde 1976 (OM Nº 32.716 por la cual se declaró
la emergencia sanitaria).
También está colapsada desde hace años la red
de tránsito y polucionado el aire que respiramos: el actual
sistema de autopistas aporta más de un millón de vehículos
diarios que arriban y egresan del centro porteño; sumados
al millón propio de la Ciudad, configuran un caos diario
en el que casi 6 millones de personas y dos millones de vehículos
se desplazan conformando un verdadero infierno por las emanaciones
tóxicas y los ruidos que superan todos los estándares
tolerables. No se puede trabajar, ni siquiera vivir con una ventana
abierta a la calle; los diálogos en la vereda son casi imposibles.
No obstante, los grandes inversores de capitales desconocidos -asociados
con funcionarios, cámaras empresariales y corporaciones profesionales
que viven de la construcción y de la especulación
inmobiliaria- pretenden continuar agravando este cuadro de situación;
van por más, y sin siquiera respetar la mínima normativa
existente, conseguida por ellos mismos mediante lobbys
y presiones de todo tipo.
Tal, por ejemplo: el caso de la ampliación del Aeroparque
Jorge Newbery sobre tierras públicas adyacentes y con un
nuevo relleno costero; el permiso dado para la construcción
de un estadio para 9.000 personas en Distrito Urbanización
Parque en la zona más caótica de Buenos Aires (el
predio ocupado por la Sociedad Rural Argentina); la proyectada urbanización
de un sector de la playa ferroviaria de Retiro y la permanente recepción
de propuestas de explotación inmobiliaria sobre cuanto terreno
no se encuentre construido todavía (aún los dedicados
a operaciones portuarias).
De las "excepciones",
a la Corporación Antiguo Puerto Madero SA [CAPM SA]
La actual normativa
para lotes de más de 2.500 m2, que contempla la no aplicación
de la EIA, tiene su antecedente en las excepciones al
CPU y en el desarrollo del emprendimiento comercial producto de
uno de los fraudes más grandes del siglo XX sobre tierras
públicas: la Corporación Antiguo Puerto Madero SA
[CAPM SA]. La transferencia por Decreto de tierras nacionales a
esa empresa, su posterior venta a grupos privados y la obtención
de normativa especial para construir, viola todo el esquema jurídico
vigente.
La costa / los espacios
verdes públicos / la vivienda / el Riachuelo
Esta situación
de caos provocado por el incumplimiento de normas básicas
(Constitución Nacional y de la Ciudad, Código Civil),
se da también en la costa porteña, donde muchos sectores,
como Punta Carrasco y Costa Salguero, han sido concesionados y no
tienen acceso público irrestricto; otros, como el Parque
Natural, han sido desnaturalizados groseramente; mientras que, locales
comerciales ilegales, como Pacha, Rodizio y Pizza Banana, florecen
por doquier en un verdadero aquelarre. Sólo se ha salvado
de este proceso debido a la constante lucha vecinal- la Reserva
Ecológica Costanera Sur [RECS].
Es también la lucha vecinal la que ha logrado la no desaparición
del Parque 3 de Febrero [los Bosques de Palermo], el más
antiguo e importante del país. Los funcionarios, clubes y
concesionarios que lo ocupan y los inversores fueron
obligados a retroceder ante un contundente triunfo vecinal que desnudó
la apropiación ilícita de importantes sectores, recuperándolos
para el uso público.
También debemos tener en cuenta que:
- a lo largo del siglo XX los espacios verdes públicos parquizados
han disminuido en más de un 70% en relación a la cantidad
de habitantes (de 7 m2/hab a 2 m2/hab);
- en los últimos cuatro años, en medio de un auge
inusitado de la construcción, la superficie destinada a vivienda
suntuosa representa la mayor cantidad de permisos de
construcción demandados; sin embargo, el 10% de la población
vive actualmente en villas, otro 10% hacinado y otro
30% en viviendas obsoletas;
- las empresas instaladas a la vera del Matanza / Riachuelo han
contaminado toda la cuenca. Ni los organismos gubernamentales, ni
las empresas de servicios (estatales o privatizadas) han sido capaces
de frenar esta contaminación extrema y la existencia de población
enferma como consecuencia.
El resto de la Ciudad
Metropolitana: el Gran Buenos Aires [GBA]
Paralelamente, el conurbano vive su propio drama.
Durante el siglo XX -hasta aproximadamente la década de 1970-
la especulación inmobiliaria y el planeamiento urbano
fueron desarrollados de hecho por los rematadores de tierras: Kanmar,
Vinelli, Lucchetti y otros.
En 1913 se sancionó en la Provincia de Buenos Aires la Ley
Nº 3.487, llamada "ley de creación de pueblos".
Preveía que de cada 14 manzanas de loteo, la número
15 debía ser área verde recreativa. La realidad fue
que se remataron tierras en fracciones de 12 o 13 manzanas, sin
llegar nunca a la número 15, resultando así la ausencia
casi total de espacios verdes en todo el territorio del Gran Buenos
Aires [GBA].
Las únicas plazas existentes fueron las originales de cada
uno de los municipios históricos y hasta se construyó
sobre ellas (San Martín, San Isidro). Los grandes parques
de la zona sur -el Pereyra Iraola y los bosques de Ezeiza- son los
que dan al conurbano un promedio de espacios verdes por habitante
de 0,90 m2/hab, igual a la mitad del vigente en la Ciudad.
En la segunda mitad del siglo XX, los alrededores de Buenos Aires
duplicaron su población, pasando de 5 millones a casi 10
millones de habitantes; mientras, la Ciudad, seguía manteniendo
un nivel estable de 3 millones.
Esta gigantesca urbanización con improvisados diseños
sin prever el crecimiento y sin ningún tipo de infraestructura
indispensable (agua corriente, cloacas, electricidad, gas, asfalto)
y sin espacios verdes, también fue salvaje, debiendo
los vecinos de cada barrio loteado, organizarse para conseguir esa
infraestructura de servicios y medios de transporte; todo lo cual
era logrado después de grandes esfuerzos.
Ya a finales del siglo
pasado comenzó el estallido provocado por las condiciones
de "urbanización y desarrollo" descriptas anteriormente.
Los bonaerenses no sólo se vieron obligados a usar escuelas,
hospitales y plazas y parques de la Cdad de BsAs, por la inexistencia
de estas "comodidades" en sus respectivas localidades;
también a acudir sus trabajos en "la Capital",
viajando en condiciones indignas.
Últimamente, en Vicente López los vecinos organizados
han tenido que defenderse de las excepciones al Código de
Ordenamiento Urbano [COU] -otorgadas por el intendente García
y el Concejo Deliberante- las cuales permiten la edificación
en altura en zonas hasta ahora vedadas y la enajenación de
los rellenos sobre la costa (perdiéndola para su uso público
recreativo y destinándola así a emprendimientos inmobiliarios).
Residuos Sólidos
Urbanos [RSU]: colapsa el enterramiento de basura
El enterramiento de residuos iniciado en la época de la dictadura
militar a través de la Coordinación Ecológica
Área Metropolitana SE [CEAMSE] -ente compuesto por la Provincia
y la Ciudad de BsAs, que encarga sus trabajos a empresas privadas-
ha contaminado centenares de hectáreas del Gran BsAs que
ya no podrán tener otro uso, napas de agua que nunca volverán
a ser potables y enfermado a importantes grupos de población.
SYUSA, perteneciente al grupo Techint, y otras empresas, pese a
no cumplir con las normas contractuales sobre enterramiento y a
quedarse con las tierras rellenadas más otras adyacentes,
siguen cobrando suculentas sumas. Sólo las actuaciones judiciales
y las movilizaciones vecinales están frenando la continuación
del daño.
Mientras tanto, de la crisis del 2001/2002 surgió el reciclado
de los RSU asociado a la miseria extrema. Los cartoneros han logrado
reciclar más del 25% del volumen de residuos producidos,
mientras los funcionarios -del Gobierno de la Ciudad de BsAs o de
los municipios- no pueden garantizar la realización de estas
tareas con las mínimas condiciones sanitarias y de seguridad
laboral previstas por la Ley Nº 992. Entretanto, el presupuesto
de la Ciudad para pagar a las empresas recolectoras, se cuadruplicó.
El Estado Nacional: el mayor tenedor
de tierras en la Ciudad Metropolitana
En la Ciudad de BsAs,
el Estado Nacional es poseedor de aproximadamente 340 hectáreas
que pertenecían a antiguas playas de maniobras ferroviarias,
cárceles a demoler, instalaciones militares desactivadas,
el Mercado de Hacienda, etc. En el Gran BsAs, esta cifra supera
las 8.000 has, de las cuales corresponden sólo a Campo de
Mayo, aproximadamente 5.000 has.
La Constitución Nacional otorga facultades únicamente
al Congreso de la Nación para "Disponer del uso y de
la enajenación de las tierras de propiedad nacional"
(art. 67 - inc. 4º de la CN de 1853 y art. 75 - inc. 5 de la
de 1994). No obstante, diferentes administraciones nacionales, de
la Ciudad o de los municipios han optado por enajenar a través
de Decretos o simples Convenios firmados por Intendentes o Jefes
de Gobierno.
Otra vía no constitucional ha sido la de crear organismos
como la Comisión de Ventas de Inmuebles Estatales, el ENABIEF
y su sucesor el Organismo Nacional de Administración de Bienes
[ONABE] o sociedades anónimas como la Corporación
Antiguo Puerto Madero [CAPM SA], transferirles las tierras y concederles
facultades para enajenarlas. La metodología fraudulenta aplicada
para liquidar tierras públicas constituye una actitud constante
en casi todas las administraciones nacionales y municipales, desde
las más represivas hasta las más democráticas.
El Plan Urbano Ambiental
[PUA]
La Constitución
de la Ciudad de Bs As (art. 29) prevé la realización
de un Plan Urbano Ambiental [PUA] "elaborado con participación
transdisciplinaria de las entidades académicas, profesionales
y comunitarias
que constituye la ley marco a la que se ajusta
el resto de la normativa urbanística y las obras públicas"
y, según la Ley Nº 71 que lo instrumenta, se ha constituido
un Consejo del Plan Urbano Ambiental [CoPUA] que "
garantizará
el carácter transdisciplinario;... Realizará convocatoria
pública a las entidades académicas, profesionales
y comunitarias
y constituye una Comisión Asesora Permanente
Honoraria, con aquellas de acreditada trayectoria y representatividad
reconocida
. La comisión participará de la elaboración,
revisión, actualización y seguimiento del Plan Urbano
Ambiental o de sus instrumentos vinculados".
En la Provincia de BsAs, ningún municipio tiene en su legislación
figura semejante.
Si bien no se ha logrado llevar a feliz término la definición
del Plan Urbano Ambiental encomendado por la Constitución,
las organizaciones vecinales (muchas de ellas miembros de APEVU)
constituidas en Comisión Asesora Permanente Honoraria [ComAPH]
se autoconvocaron, nombrando sus autoridades y dándose también
su propio Reglamento, en junio de 2000.
Desde entonces y hasta diciembre de 2002 la ComAPH presentó
innumerables trabajos y propuestas para un Plan Urbano Ambiental
[PUA] y cuestionando lo efectuado por el CoPUA en ese sentido.
El incumplimiento por parte de las sucesivas autoridades de Planeamiento
Urbano del GCBA, de lo establecido en la Ley Nº 71, obligó
a miembros de la ComAPH a iniciar acciones judiciales para paralizar
el tratamiento del PUA en la Legislatura porteña. La carpeta
de emprendimientos inmobiliarios sobre las últimas tierras
libres de la Ciudad (tal era el carácter del PUA pretendido),
quedó desactivada.
Posteriormente, en 2005, el Poder Ejecutivo creó un nuevo
organismo llamado Foro Participativo Permanente, para intervenir
"en la actualización del Plan" -como si ya existiera
un Plan aprobado- y constituyó una nueva ComAPH digitada.
Continuidad e interacción
La continuidad del
tejido urbano entre la Ciudad y el Gran BsAs -la Ciudad Metropolitana-
y la interacción permanente de una población de casi
13 millones de habitantes, hacen necesaria una visión de
conjunto a la hora de proponer soluciones en un intento de paliar
esta grave situación, aunque "la posibilidad de que
el Área Metropolitana sea un área de planeamiento
integrada, es cada día más remota al afianzarse los
absolutismos políticos sobre la ciudad autónoma y
sobre los 22 cotos de los partidos del Gran BsAs, nodos de poder
e influencias crecientes que se concentran para negociar réditos
corporativos" (PUR Marta Dodero / obra citada).
La propuesta Metropolitana
- Declaración
de la emergencia socio-ambiental metropolitana.
- Elaboración
de un Plan Urbano Ambiental [PUA] de la Ciudad Metropolitana con
representación vecinal y profesional transdisciplinaria.
- Establecimiento
de un Sistema Metropolitano de Grandes Parques en base a las tierras
del Estado Nacional desafectadas de sus antiguos usos (ferroviarias,
militares, etc.)
- Constitución
de una Autoridad Única de Cuenca, con representación
vecinal, para resolver los problemas de contaminación de
las cuencas Matanza-Riachuelo y Reconquista.
- Elaboración
de un Plan de Viviendas Sociales en la trama ya urbanizada,
utilizando inmuebles ociosos del Estado Nacional, Provincial, de
la Ciudad y municipales.
La propuesta en la
Ciudad
- Elaboración
del PUA respetando una ComAPH independiente de los funcionarios
del GCBA, con representación académica / vecinal /
profesional transdisciplinaria (Ley Nº 71). Derogación
de las actuales normas de funcionamiento (Resoluciones del ex Secretario
Feletti).
- Modificación
del CPU en cuanto a:
a) transferencia de tierras nacionales a la Ciudad para ser destinadas
a uso y utilidad pública. Proyecto de ley [Exp. Nº 1397-D-2006
R Devoto y otros].
b) eliminación de la posibilidad de otorgamiento de normativa
especial para construir en lotes de más de 2.500 m2.
- Modificación
de la Ley Nº 452 para someter a Estudio y Evaluación
de Impacto Ambiental los proyectos para construir edificios de más
de 1.500 m2 cubiertos.
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