COMUNA
15
Rechazan la construcción de un estadio
cerrado en el club Comunicaciones
Miembros del Preconsejo Consultivo Honorario de la Comuna 15, enviaron
una carta al jefe de Gobierno y al titular del CGPC15, en la que
señalan que su edificación “resulta innecesario,
ilegal, y contrario al bien público”.
Los miembros de del Preconsejo Consultivo Honorario de la Comuna
15, enviaron una carta a Mauricio Macri y a Ignacio Crevena, director
del CGPC15 con el fin de transmitirle “la total oposición
de los vecinos del Barrio Agronomía aquí representados
a la construcción de un Estadio para Recitales en un predio
de 6 hectáreas lindero al Club Comunicaciones como resultado
de la presentación de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (CABA) en la quiebra de dicho club en los términos
de de la Ley 3604 y modificaciones.”
Fundamentan su rechazo, en que si bien dicha Ley a pesar del encomiable
objetivo de preservar el Club para los actuales socios, incluyó
sin debate alguno y sin cumplir con el Artículo 30 de la
Constitución de la CABA que exige un estudio de impacto ambiental
PREVIO a toda intervención de tal naturaleza, que el objeto
de pagar las acreencias en la quiebra y recuperar 6 hectáreas
para la ciudad ha de tener por destino la construcción de
un estadio que no compita con las actividades del club es decir,
de recitales.
ARTICULO 89. De la Constitución de la CABA. - Tienen el procedimiento
de doble lectura las siguientes materias y sus modificaciones: Códigos
de Planeamiento Urbano, Ambiental y de edificación. Plan
Urbano Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Imposición
de nombres a sitios públicos, emplazamiento de monumentos
y esculturas y declaración de monumentos, áreas y
sitios históricos. Desafectación de los inmuebles
del dominio público y todo acto de disposición de
estos. Toda concesión, permiso de uso o constitución
de cualquier derecho sobre el dominio público de la Ciudad.
La postergada falta de puesta en práctica de una Ley de
Comunas 1777, de rango constitucional en modo alguno cercena los
derechos que la constitución protege, por lo que, siendo
suficiente, de acuerdo a las leyes administrativas de la nación
y de ciudad, que por el pago de las acreencias al Club Comunicaciones,
en contrapartida, la ciudad adquiera el predio al ínfimo
precio u$ 45 por cada m2 de terreno, resulta innecesario, ilegal,
y contrario al bien público, a la ciudad, a la Comuna 15
y al Barrio Agronomía se le otorgue al predio de 6 hectáreas
el incierto destino de construcción de un estadio con fondos
del estado en pos un hipotético negocio de renta inmobiliario
jamás debatido en la legislatura ni ámbito alguno,
que de ninguna manera es objeto de sana administración
.
Por tal motivo, agregan , ningún argumento es capaz
de sostener una posición favorable a la construcción
de un estadio para recitales en el Barrio Agronomía:
a) Las firmas que se juntaron oportunamente para “salvar
al club” nada tenían que ver con la construcción
de un estadio, y su uso indebido para otros fines puede abrir
recursos de naturaleza penal. A la fecha se han recogido más
de 2000 nuevas firmas en clara oposición a la construcción
de un estadio.
b) La comuna tiene a sólo 1500 metros de allí el
moderno y confortable estadio Malvinas Argentinas habilitado para
9.000 personas sentadas, mas el sector de discapacitados, único
en su tipo.
c) El predio del Club y las 6 hs, cuyo uso para estadio cuestionamos,
forma parte del tercer pulmón verde urbano, en lo que fuera
el Parque Central de la Ciudad, creado por decreto del presidente
del Roca el 28-12 de 1901 juntamente con el Parque Tres de Febrero,
y nunca hasta la fecha ninguna resolución de igual rango
se ha suscripto en sentido opuesto.
d) El Barrio Agronomía a pesar de su particular nombre
no tiene NINGUNA PLAZA
e) El barrio Agronomía sólo tiene 20 mil habitantes
por lo que resulta altísimo el impacto ambiental que podría
derivarse de la implantación de un estadio para recitales
que puede convocar a diario (ya que sería su único
fin) similar cantidad de espectadores
f) Contiguo al predio se encuentra el Barrio Parque Rawson, declarado
Área de Protección Histórica por la reciente
Ley Nº 3471/210 que impide modificar sus frentes para protegerse
de las personas que sin duda circularan por la zona, y sin poder
construir garajes donde estacionar, ya que por la época
en que se aplicó el proyecto de “Casas Baratas”
ni las casas ni los edificios los tenían. El daño
será entonces irreparable y el perjuicio cuantioso.
g) A apenas 300 metros se encuentra el hospital Oncológico
Roffo, cuyos pacientes requieren un ámbito de tranquilidad
apropiado para superar las difíciles circunstancias por
las que atraviesan, tanto los que concurren a sus consultorios
externos, como los internados que ocupan sus 120 camas, muchas
de ellas en uso por enfermos terminales
h) A similar distancia ya tiene el Barrio Agronomía los
problemas derivados de la concurrencia de fieles a la iglesia
de San José, donde se halla la imagen de la Virgen que
desata los nudos, lo que ya ha propiciado algunos proyectos vecinalistas
y de la Legislatura para emplazarla en alguna ubicación
de menor impacto ambiental.
Además de todos estos perjuicios se afectaría también
el patrimonio histórico cultural de la ciudad dado que
en el Barrio Parque Rawson vivieron personalidades emblemáticas
de la argentinidad, entre muchos otros: Julio Cortázar,
Horacio Salgán, Natalio Botana, Samuel Eichelbaun, y César
Tiempo.