ESTARÁ VIGENTE HASTA EL
31 DE DICIEMBRE DE 2011
Prorrogan ley que protege el Patrimonio Arquitectónico
Mediante una ley sancionada en el transcurso de la última
sesión ordinaria de la Legislatura porteña, se extendió
el plazo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº
2548.
La normativa, que alcanza a todos los inmuebles cuyos planos sean
anteriores al 31 de diciembre de 1941, comprende a los inmuebles
de propiedad pública o privada que "se encuentren incluidos
en el inventario de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría
Edificios Representativos".
También a los que "se encuentren emplazados en cualquier
parte del territorio de la Ciudad, cuyos planos hayan sido registrados
antes del 31 de diciembre de 1941 o, en su defecto, cuyo año
de construcción asentado en la documentación catastral
correspondiente sea anterior a dicha fecha".
También aprobada una norma que incorpora al Código
de Planeamiento Urbano y al Código de la Edificación
un régimen normativo que contemple la recuperación
de edificios preexistentes a la puesta en vigencia del mencionado
cuerpo legal en el año 1977.
La ley tiene como objetivo mejorar las condiciones de habitabilidad
urbana general fomentando la renovación edilicia. Contiene
un conjunto de normas que mejoren las condiciones de aprovechamiento
y de uso de esos inmuebles, universo que se corresponde con el conjunto
de edificaciones que tienen un valor edilicio importante y representan
un valioso capital económico para la Ciudad, pero que no
han sido calificadas como patrimonio histórico.
Por lo tanto, toda solicitud de demolición y/o intervención
en fachadas y/o en espacios de uso común presentada para
los inmuebles señalados en el artículo 1°, presentada
ante la Dirección General de Fiscalización de Obras
y Catastro, o el organismo que la reemplace, deberá cumplir
con el siguiente procedimiento:
1) La solicitud será girada a la Dirección General
de Interpretación Urbanística, o el organismo que
la reemplace.
2) La Dirección General de Interpretación Urbanística,
o el organismo que la reemplace, deberá presentar la solicitud
ante el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales en la primera
reunión posterior a la recepción de la misma.
3) El Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales deberá expedirse
en el término de treinta (30) días, dictaminando
si el inmueble al que refiere la solicitud de demolición
y/o intervención en fachadas y/o en espacios de uso común,
posee o no valor patrimonial.
4) Si el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales dictamina que
el inmueble posee valor patrimonial, se denegará la solicitud
y se dará inicio al proceso de catalogación, según
lo prescripto por la Sección 10 del Código de Planeamiento
Urbano.
5) Si el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales dictamina que
el inmueble no posee valor patrimonial, o no se expide en el plazo
de treinta (30) días, la solicitud seguirá el trámite
preestablecido y el inmueble quedará liberado de toda restricción.
6) La Dirección General de Interpretación Urbanística,
o el organismo que la reemplace, informará a la Dirección
General de Fiscalización de Obras y Catastro, o el organismo
que la reemplace, sobre lo dictaminado por el Consejo Asesor de
Asuntos Patrimoniales."
En diciembre de 2008, numerosas organizaciones barriales defensoras
del patrimonio arquitectónico de nuestra ciudad, presentaron
un documento consensuado a todas las autoridades electas de la
Ciudad de Buenos Aires, es decir, a los 60 legisladores y al jefe
de Gobierno, para que cada uno tomara una postura frente a la
problemática que se planteaba y sus posibles soluciones.
El documento entregado, señalaba entre otras cosas que:
"Hoy, el aumento de la construcción destroza nuestra
ciudad como nunca antes. Su crecimiento asimétrico densifica
de manera desmedida algunas zonas, mientras que en otras, la construcción
es prácticamente nula. En los últimos 6 años
el 48% del total construido en la Ciudad de Buenos Aires es vivienda
"Premium" o "Lujosa" mientras que, según
las estadísticas, menos del 20% de la población
estaría en condiciones de adquirir ese tipo de inmuebles.
En ese período se pidieron permisos de obras por más
de 10 millones de metros cuadrados para una Ciudad que no modificó
sustancialmente su población desde 1945, hace ya 63 años.
Paralelamente, más del 95% del patrimonio arquitectónico
que aún conserva la Ciudad se encuentra desprotegido y
en peligro inminente de demolición debido a la ausencia
de políticas públicas que contemplen su protección.
De esta forma, nuestro patrimonio urbano queda librado a la ley
de la oferta y la demanda del mercado inmobiliario que lo reduce
al irrisorio valor del lote que ocupa. Adoquinado, monumentos
y mobiliario urbano suman a su falta de conservación obras
de desmantelamiento inéditas producto de políticas
erráticas e inconsultas, cuestionadas por vecinos y técnicos.
Estas obras, aún en curso, han llegado a afectar el casco
histórico de la Ciudad y repercuten negativamente en potenciales
zonas de protección provocando un daño irreparable
a su identidad".