POCO A POCO SE CUMPLEN LOS PASOS
PARA SU REALIZACIÓN
Se acerca el Parque del Bicentenario
El objetivo de este proyecto es la rezonificación de los
terrenos de la ex playa de cargas Caballito del FFCC Sarmiento
de Uso Futuro (UF) a Uso Parque (UP) según lo establecido
en el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad.
Por Gustavo Desplats
Proto comuna de Caballito
Desde el bloque de Igualdad Social junto a Proyecto Sur se está
impulsando el proyecto de Parque del Bicentenario en los terrenos
de las 14 manzanas de la ex Playa de Cargas Caballito del FFCC
Sarmiento. En este camino nos acompañan las fuerzas políticas
con más historia de la Ciudad, como el Socialismo, la Union
Civica Radical y el Peronismo. De igual forma todo ese amplio
espectro conformado desde la Coalicion Civica hasta la Nueva Izquierda
también lo impulsan, son en total 34 de los 60 diputados
de la Ciudad. Que conforman 11 de los 12 bloques de la Legislatura.
El bloque del PRO es el unico que todavia no apoya el proyecto.
Que reglamenta lo establecido por el Plan Urbano Ambiental (Ley
2930) de la Ciudad.
Esta tematica ya tiene 16 años de estudio legislativo y
creemos haber logrado los consensos para sancionarla. En los proximos
dias se incluirán los informes tecnicos al expediente.
En pocos dias sabremos si hay algún partido político
o bloque parlamentario que se oponga a que la Ciudad Autonoma
de Buenos Aires realice un homenaje a los que iniciaron nuestra
gesta emancipadora. Iniciando nuestro camino hacia la Independencia
y la Soberania, garantizando la concrecion de un espacio verde
en una de las zonas mas atropelladas por los excesos de la construcción
en la ultima década.
El objetivo de este proyecto es la rezonificación de los
terrenos de la ex playa de cargas Caballito del FFCC Sarmiento
de Uso Futuro (UF) a Uso Parque (UP) según lo establecido
en el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad.
La Constitución Nacional establece en su artículo
41:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades
productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer
las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.”
Por otra parte la CCABA en su Capítulo Cuarto “Ambiente”.
Artículo 26 dispone: ” El ambiente es patrimonio
común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente
sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en
provecho de las generaciones presentes y futuras.”.
Asimismo el artículo 27 marca que:
La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política
de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada
a las políticas de desarrollo económico, social
y cultural, que contemple su inserción en el área
metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial
y ambiental participativo y permanente que promueve...:
3. La protección e incremento de los espacios públicos
de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación
de las áreas costeras, y garantiza su uso común.
4. La preservación e incremento de los espacios verdes,
las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y
zonas de reserva ecológica, y la preservación de
su diversidad biológica.”
Por otra parte la Ley 71 establece: como criterios orientadores
del Plan en su artículo 14
“D.- Promoción de una estrategia de Espacios Públicos
con la recuperación, ampliación y mejoramiento de
los espacios verdes y las vías públicas y de las
áreas de calidad ambiental-patrimonial.”
Estableciendo en sus puntos 2 y 3:
“Mejoramiento funcional y ambiental de los parques urbanos
existentes y creación de nuevos parques en predios hoy
afectados a actividades obsoletas (playas ferroviarias, ex- equipamientos
públicos, etc.).
Ampliación y mejoramiento de la oferta de espacios verdes
públicos de la escala
Barrial”.
ANTECEDENTES HISTORICOS
La creación del Parque del Centenario fue un aporte de
la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a los festejos del
Centenario. Hoy cien años después proponemos emular
dicha acción creando el Parque del Bicentenario en los
terrenos desafectados de la ex Playa de Cargas y Maniobra Caballito
del FFCC Sarmiento.
La superficie de espacios verdes por habitante disminuyó
en la Ciudad de Buenos Aires a lo largo del siglo XX en un 75%.
De 7 m2 de espacios verdes públicos parquizados por habitante
en 1904, llegamos a fin de siglo con 1,9 m2 por habitante (x/h).
El surgimiento de la Reserva Ecológica Costanera Sur aportó
un nuevo tipo de espacio verde de origen entrópico naturalizado,
que agrega poco más de 1 m2 x/h al dato ya consignado.
La Ciudad de Buenos Aires está rodeada por más de
9 millones de habitantes con una media de 0,9 m2 de espacio verde
x/h. Esta cifra está dada por la inclusión del Parque
Pereyra Iraola y los bosques de Ezeiza. Sin ellos, cada partido
promedia los 0,50 m2 de espacio verde por habitante. Como consecuencia,
muchos vecinos del Gran Buenos Aires concurren a las plazas y
parques de la Ciudad que en muchos casos se presentan densamente
poblados.
De convertirse en espacio verde público la totalidad de
la superficie existente en tierras del dominio del Estado Nacional
dentro de la Ciudad (unas 350 hectáreas), el aumento en
la proporción superficie de espacio verde / habitante,
sería inferior a 1,5 m2 x/h.
Internacionalmente se toma como standard aplicable a grandes ciudades,
que la cantidad de espacio verde público por habitante
debe ser, como mínimo, de 10 a 15 m2.
Tomando como un todo continuo a la Ciudad y el Gran Buenos Aires,
el tema de los espacios verdes en el Área Metropolitana
de Buenos Aires se expresa en bajísimo promedio en la relación
espacio verde parquizado/habitante: 1,17 m2.
Existencia de extensas áreas verdes y reservas supuestamente
consolidadas pero en constante peligro de ser usadas para otros
destinos. Son tomadas por especuladores como terrenos baldíos
siempre aptos para cualquier “emprendimiento”.
El Parque 3 de Febrero [los Bosques de Palermo] y la Reserva Ecológica
Costanera Sur, las principales áreas verdes de la Ciudad,
sólo se mantienen “vivas” gracias al denodado
esfuerzo realizado por entidades vecinales y conservacionistas.
Con respecto al primero de los nombrados, históricamente
ha perdido el 85% de su territorio y en 1990 estuvo a punto de
perder la mitad de lo que quedaba. Sobre la segunda, después
de haber sufrido más de 300 incendios intencionales, subsiste
la intención de parquizarla, construir caminos asfaltados
y playas de estacionamiento, es decir, eliminarla como reserva
(Decreto. PE-GCBA Nº 981/98).
Pero existen otras “reservas” en la Ciudad. Son las
tierras del dominio del Estado Nacional dentro de su ejido: las
residuales del ferrocarril (como la ex playas de carga y maniobras
Caballito). Que debe ser parte del pulmón verde que necesita
el séptimo conglomerado urbano más grande del mundo,
nuestra ciudad.
OTRA DOCUMENTACIÓN
A los efectos de notificar sobre la trascendencia y antigüedad
del reclamo incorporamos copia de proyecto de ordenanza del año
1994 de los Concejales Ibarra, Fatala, Fernández, Josami,
Gabrieli solicitando de manera urgente este pedido.
Asimismo añadimos proyecto de Ley del Diputado Fatala del
año 1998 en concordancia con el anterior.
El 13 de abril de 2000, con el Dr. Olivera como Jefe de Gobierno
de la Ciudad, se firma el convenio de transferencia de las tierras.
Entre el ENABIEF y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para:”destinarlo
a parquizacion y espacio público”. Del que agregamos
copia.
Durante ese año el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
mediante la Secretaria de Planeamiento Urbano convoco a un Concurso
Público Nacional, organizado por la Sociedad Central de
Arquitectos para un diseño de parque público. El
20 de diciembre del año 2000 fue adjudicado el premio.
Siendo ganadora la propuesta del estudio de los arquitectos Pablo
Rozenwasser y Daniel Silberfaden.(del que acompañamos diseño
general). Hasta el año 2003 se trabajo en una dependencia
del Gobierno de la Ciudad en la implementación de la propuesta.
En ese momento se suspendió el programa.
Incorporamos pedido del Consejo Consultivo del CGP Nº 7 con
fecha 17 de julio de 2002 y copia de nota presentada ante el señor
Jefe de Gobierno con fecha 25 de octubre de 2003 y de la contestación
de la misma con fecha 21 de abril de 2004. En el que queda clara
que este proyecto está dentro del Plan Desarrollado Corredor
Verde del Oeste (CVO), integrante del Plan Urbano Ambiental (PUA)
de la Ciudad. Con manifiesto uso de parque público.
De la misma manera agregamos copia de los fundamentos del veto
a la Ley 1365 (luego insistida). En que consta la sucesión
de acontecimientos que apoyan esta propuesta de modificación
de la Ley 449 de la Ciudad.
Igualmente informamos que el pedido de rezonificacion fue tratado
por los vecinos en el Presupuesto Participativo del CGP Nº
7 en el año 2003 y en el CGP Nº 6 en el 2004. Asimismo
fue “Prioridad a nivel Ciudad” del Presupuesto Participativo
2005 del CGP Nº 6.
Asimismo incorporamos el Proyecto de Iniciativa Popular 3009-I-2004
impulsado por la organización vecinal Proto Comuna Caballito,
junto a casi 12.000 firmas de vecinos que participaron de la misma.
En el año 2005 el Diputado Norberto La Porta presento el
proyecto 635-D-05 en todo coincidente con el presente, del cual
incluimos copia.
Del mismo modo incluimos el Proyecto 2305-D-06 Presentado por
el Diputado Nacional (mc) Dr. Rafael Bielsa en la Cámara
de Diputados de la Nación. En todo coincidente con esta
propuesta.
En el año 2007 la diputad Beatriz Baltroc presento el proyecto
597-D-07 en similar pedido, del cual añadimos copia.
De gran importancia es el Decreto 607/2008 (B.O. 2944) firmado
por el Sr. Jefe de Gobierno Ingeniero Mauricio Macri y acompañado
por los ministros Piccardo - Grindetti - Bullrich - Montenegro
- Rodríguez Larreta, que manifiesta:”Que de acuerdo
al Convenio firmado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
y el Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios,
a partir del día 26 de abril de 2000, la Ciudad de Buenos
Aires detenta la tenencia precaria del bien de que se trata en
los presentes actuados, hasta tanto se concrete la tenencia definitiva
del mismo en los términos de la Ley N° 24.146, debiendo
ser destinado a Parquización y Espacio Público;
Que teniendo en cuenta el destino de uso público que se
le debe dar al precitado inmueble, el mismo es un bien de dominio
público y como tal le caben las prescripciones del Derecho
Público;”. Acompañamos copia.
Incorporamos el Proyecto1580-D-2008 presentado por la Diputada
Teresa de Anchorena, en el que se inicia el necesario proceso
de protección patrimonial de los elementos históricos.
Por último acompañamos plano de la Comuna 6, vista
aérea del predio y copia de la Plancheta 16 del Código
de Planeamiento Urbano.
Creemos oportuno e impostergable rescatar para la ciudad y el
usufructo de los vecinos, este espacio urbano central irreemplazable,
en una ciudad que se está quedando sin posibilidades de
incrementar la deficitaria presencia de espacios verdes dentro
de su ejido urbano, generando en los vecinos un estado de preocupación
ante las promesas incumplidas.
Desde otro punto de vista el predio, con su nueva zonificación,
propondrá varias vías peatonales y vehiculares de
integración norte-sur; ya que en la actualidad el lugar
se ha constituido en una barrera urbana infranqueable para los
transeúntes y automovilistas.
Todo esto demuestra claramente que desde hace 16 años hay
intención legislativa de lograr esta modificación
en el Código de Planeamiento Urbano de nuestra Ciudad.
Que esta idea está ampliamente sustentada desde la sociedad
civil. Con el apoyo unánime de las organizaciones intermedias
del barrio a lo largo de 10 años. Y que tanto el Estado
Nacional como el Ejecutivo de la Ciudad concuerdan con ella.
Este es el momento de hacerlo y homenajeando a nuestros mayores
que iniciaron la gesta de la independencia. Aseguramos a nuestros
hijos un futuro sustentable garantizando un espacio verde en una
las zonas con mayor densidad de habitantes y menor cantidad de
espacios parquizados por habitante de la Ciudad.
Dando un parque de “escala ciudad” que permitirá
ser disfrutado por los vecinos de todo el oeste de la Ciudad y
la Provincia de Buenos Aires por la gran conectividad que proveen
tanto la línea férrea como la avenida Rivadavia.
Blogs: www.protocomunacaballito.blogspot.com
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