POR UNA ACCIÓN DE AMPARO
Metrovías deberá adecuar todas
las estaciones de subtes para discapacitados
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo
Federal confirmó el fallo de primera instancia que obliga
a Metrovías y al Estado Nacional a que readecue las estaciones
para personas con movilidad reducida.
Con el patrocinio de la Asociación por los Derechos Civiles
(ADC), una persona discapacitada que utiliza una silla de ruedas
inició una acción de amparo para que las estaciones
de subterráneos sean readecuadas para el acceso de personas
con movilidad reducida. La Cámara Nacional de Apelaciones
en lo Contencioso Administrativo Federal no hizo lugar a la apelación
de Metrovías y del Estado Nacional y confirmó el
relevante fallo de primera instancia de la jueza federal Liliana
Heiland que había ordenado que en el plazo de 6 meses se
presente un plan integral de obras.
En ambos fallos la justicia realizó un importante reconocimiento
del derecho de los discapacitados motrices a contar con estaciones
que le permitan desplazarse sin barreras en los subterráneos
de la Ciudad de Buenos Aires.
La Cámara de Apelaciones señaló que las múltiples
normas que obligan a Metrovías y el Estado Nacional a adecuar
los medios de transporte para personas de movilidad reducida sufrieron
"un fenomenal quiebre" ya que los prestadores del servicio
"incumplieron varias veces su obligación de adaptar
el servicio público de subterráneos eliminando barreras".
También remarca que la Comisión Nacional de Regulación
del Transporte (CNRT) omitió el deber de fiscalizar su
cumplimiento.
En su fundamento, el juez de Cámara Néstor Buján
destacó que la vigencia del decreto de necesidad y urgencia
2075/02 que declaró la emergencia para el sector del transporte
hace seis años, no justificó que las obras no se
hayan realizado ya que "a la fecha de su entrada en vigencia
las obligaciones específicamente previstas en la ley 22.431
y su decreto reglamentario 498/83 (fijando 10 años para
su cumplimiento), como la ley 24.314 y decreto 914/97 (fijando
3 años para su cumplimiento) ya estaban incumplidas, por
vencimiento de plazos allí previstos". Los tiempos
acordados por estas leyes para readecuar las estaciones se habían
agotado dos veces.
Por su parte, el juez de Cámara Pedro Coviello dijo que
no existe una justificación "para que se haya dejado
de lado a una parte de nuestros habitantes que no porque carezcan
de las aptitudes plenas de otros, tengan que soportar que no se
les brinde las ayudas necesarias para que puedan superar sus dificultades
motrices."
Asimismo, sostuvo que no hay motivos para que Metrovías
pueda sentirse afectada "porque se le exija, simplemente,
el cumplimiento de una manda legal (
) máxime que
se trata de personas que no tienen otra vía que la judicial
para reclamar por el reconocimiento de sus derechos, derechos
que la sociedad tiene el grave deber de reconocer, efectivizar
y facilitar".
En el fallo también se puso de relieve "el diario
calvario que enfrentan dichas personas de trasladarse en ciudades
no adaptadas a su situación, ni en sus edificios, medios
de transporte, instalaciones y servicios de distinta índole,
impidiéndoles, de tal modo, desarrollar al máximo
el resto de sus capacidades y vocaciones, y, al mismo tiempo,
privándolos tanto a ellos como a la misma sociedad de brindar
y recibir, respectivamente, su aporte en bien de la comunidad".
La sentencia no se encuentra firme. Los demandados todavía
pueden apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
De un total de 73 estaciones que componen la red de subterráneos
de Buenos Aires, sólo 12 son accesibles para personas con
movilidad reducida.