ACCESIBILIDAD
E INFRAESTRUCTURA INCLUSIVA
La titular del INADI reclamó por
una ciudad donde reine el respeto a la diversidad
En la audiencia pública por el Plan Urbano Ambiental
realizada en la Legislatura porteña, María José
Lubertino dijo: Es una vergüenza que después de
12 años de sancionada la Constitución de la Ciudad
de Buenos Aires, este catálogo de buenas intenciones, sea
el Plan Ambiental.
Además de María José Lubertino, presidenta
del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia
y el Racismo (INADI) participaron de la Audinecia; Legisladores,
funcionarios, vecinos y diversas asociaciones para exponer su posiciones
y propuestas sobre el Plan Urbano Ambiental, ley marco de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Lubertino opinó que en el proyecto de este Plan Urbano
Ambiental, con aprobación inicial el pasado 20 de diciembre,
no se fijan políticas concretas de accesibilidad,
de infraestructura inclusiva; no se especifican instrumentos de
gestión y articulación con el Estado Nacional, la
provincia de Buenos Aires y los municipios vecinos y no se especifican
tampoco planes y plazos concretos para atender las necesidades
en zonas, en muchos casos ya señaladas como de emergencia
ambiental como la Cuenca Matanza-Riachuelo.
En la audiencia pública, presidida por la diputada y titular
de la Comisión de Planeamiento Urbano, Silvina Pedreira,
Lubertino destacó que para la elaboración de este
Plan Urbano Ambiental no se ha cumplido con el debate previo,
como lo dice la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
y agregó que es alarmante que luego de 12 años
en los que modificó la fisonomía de la ciudad, con
emprendimientos de dudoso beneficio para algunos barrios, este
sea el resultado; después de varios gobiernos pseudo progresistas
y con la actual gestión que venía a cambiarlo todo
pero que consolida y profundiza los peores vicios.
En referencia al trabajo que lleva adelante el INADI desde el
Programa Ciudades libres de Discriminación-
al que ya adhirieron 19 municipios- la presidenta del instituto
afirmó que promovemos el acceso equitativo a la vivienda,
los servicios básicos y demás condiciones del hábitat,
fortaleciendo el uso equitativo y responsable del espacio público,
porque queremos una ciudad donde reine el respeto a la diversidad.
Según el artículo 29 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionada en octubre
de 1996, es la misma ciudad la que debe definir un Plan Urbano
Ambiental. En diciembre de 2007 se aprobó inicialmente
este Plan Urbano Ambiental -a pesar de no contar con el despacho
previo de comisiones tal como fija la carta magna-.