Se sancionó
la ley de Educación Ambiental
La normativa plantea cambios significativos
en los diseños curriculares de la educación
dado que deberán contener enfoques transversales e
interdisciplinarios.
Para la ley, "la Educación Ambiental promueve
procesos orientados a la construcción de valores, conocimientos
y actitudes que posibiliten formar capacidades que conduzcan
hacia un desarrollo sustentable basado en la equidad y justicia
social, el respeto por la diversidad biológica y cultural".
Fuente: Legislatura
de la Ciudad de Buenos Aires
La norma sancionda por unanimidad integra los distintos ámbitos
que involucran a la educación ambiental: la Formal,
No Formal e Informal.
En cuanto a la educación formal,
implica todas las actividades realizadas en los centros educativos
públicos o privados dependientes del Gobierno de la
Ciudad, incluyendo a la enseñanza inicial, primaria,
media y la superior en todas sus formas y niveles.
También a la educación
no formal, es decir las actividades extracurriculares
y/o de extensión desarrolladas dentro de los establecimientos
educativos con intervención de la dirección
correspondiente, Educación no formal comunitaria que
incluye a las Organizaciones no Gubernamentales, las empresas
publicas y privadas, los sindicatos, y aquellas otras instituciones
cuyos objetivos y finalidades acuerden con el objeto de la
ley.
Por último contempla a la educación
informal, aquella que se realiza a través de medios
masivos de comunicación e información.
Objetivos
Entre los objetivos que se persiguen se
menciona el desarrollo de la conciencia ambiental; la participación
y la responsabilidad de la comunidad hacia esta problemática;
construir una mirada critica de la realidad socio ambiental
local en el marco de la región que permita posicionarse
en un lugar protagónico para el reconocimiento de problemas
ambientales y el planteo de soluciones.
También pretende fomentar una actitud
critica respecto del estilo de desarrollo vigente y de las
prácticas y modos de pensar la relación sociedad
- naturaleza.
En definitiva, trata de "incorporar
el saber ambiental en forma transversal a las diferentes áreas
de conocimiento y desarrollar una comprensión compleja
del ambiente, considerándolo en sus múltiples
y complejas relaciones, comprendiendo aspectos ecológicos,
sociológicos, políticos, culturales, económicos
y éticos".
Así la nueva legislación
intentará incentivar la participación responsable
y comprometida, individual y colectiva en el cuidado ambiental
y la búsqueda de una mejor calidad de vida, estimulando
y apoyando procesos de investigación y defendiendo
el patrimonio natural y cultural.
Finalidad
El proceso de Educación Ambiental
promoverá la adquisición de conocimientos sobre
el ambiente, sus problemas y la forma de diseñar soluciones;
la adquisición de aptitudes y destrezas necesarias
para la prevención de problemas ambientales y el diseño
de soluciones a los problemas ambientales urbanos.
Comité Coordinador
La Autoridad de Aplicación será
un organismo denominado Comité Coordinador de Asuntos
Educativos Ambientales que se creó en el ámbito
de la Secretaría de Educación, en conjunto con
la Subsecretaria de Medio Ambiente.
Será el encargado de coordinar las
actividades educativas formales, no formales e informales
y sus integrantes serán designados por la Secretaría
de Educación y la Subsecretaría de Medio Ambiente
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Funciones
El Comité Coordinador deberá:
- Diseñar, difundir, implementar
y dictar un taller ambiental dirigido a las escuelas dependientes
del Gobierno local, respetando los diferentes niveles del
sistema educativo. El Taller deberá cumplir con los
siguientes requisitos mínimos:
- Los estudiantes que participen presentarán
un trabajo final de investigación referido a la temática,
- El taller tendrá una duración de entre uno
y dos meses renovables por un nuevo período;
- Generar material didáctico referido
a la temática ambiental para las campañas, respetando
las particularidades barriales y culturales;
- Creación y organización
de una biblioteca temática en cada Centro de Gestión
y Participación;
- Generar encuentros interbarriales de
intercambio de experiencias e investigación, así
como también de formación, capacitación
y actualización del personal docente y no docente;
- Colaborar en la capacitación no
formal en temas referidos a la problemática ambiental
de cada barrio.
Acciones
La Autoridad de Aplicación deberá
promover entre otras acciones: el desarrollo de modelos de
arquitectura escolar que favorezcan la integración
ambiental de las unidades educativas; la formación
de técnicos y especialistas en la temática ambiental
en los establecimientos educativos de nivel medio; la inclusión
de la problemática ambiental en los proyectos institucionales
de las unidades escolares y facilitar el abordaje de los conflictos
socio-ambientales de la comunidad y la región.
Brindará asesoramiento en el diseño
o implementación de proyectos de Educación Ambiental.
Adecuará las actividades, proyectos, materiales y campañas
a las posibilidades de personas con capacidades diferentes
y coordinará acciones con las Unidades Especiales de
los Centros de Gestión y Participación.
Participación Ciudadana
Los Centros de Gestión y Participación
colaborarán con el Comité Coordinador de Asuntos
Ambientales contextualizando las propuestas de trabajo, a
través de los Consejos Consultivos de los Centros de
Gestión y Participación teniendo en cuenta las
características particulares de cada barrio.
Tratamiento parlamentario
El asunto tomó estado parlamentario
mediante el Expediente 2361-D-04 de los Diputados Marcelo
Godoy (Frente Compromiso para el cambio) y Juan Manuel Velasco
(Plural) y agregado el Expediente 2537-D-04 de los/as Diputados/as
Fernando Cantero, Fernando Melillo (ARI) y Beatriz Baltroc
(Autonomía Popular).
La comisión de Educación,
Ciencia y Tecnología produjo el Despacho Nº 1209
al que adhirieron las Comisiones de Ecología y de Presupuesto,
Hacienda, Administración Financiera y Política
Tributaria. Tuvo una Observación de la diputada Alicia
Caruso (Frente Grande) que fue aceptada.
El Despacho incluido en el orden del Día
de la sesión del pasado jueves 28 de abril, fue considerado
entre los temas de tratamiento individual y aprobado por unanimidad.
De esta manera, el organismo parlamentario
legisla acorde al proceso iniciado en la pasada década
del '70 e intensificado en los '90 a través de la Conferencia
Internacional de Río de Janeiro.
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