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Buenos Aires, Argentina /
Fecha de Publicación:31/08/07 Redacción ParqueChasWeb

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LEGISLATIVAS

Modificaron la ley de geriátricos

La misma establece obligaciones para titulares o responsables de establecimientos geriátricos de dar permiso a los familiares para realizar visitas con el fin de comprobar que se cumplan las condiciones correctas de alojamiento de los adultos mayores.


Se trata de la Ley 1.710 sancionada en 2005. La norma exige además, que los titulares o responsables de los geriátricos deben ubicar "en lugar visible en el ingreso al establecimiento" el texto de la obligación.

El proyecto pertenece al Diputado porteño Fernando Cantero (ARI Capital intervenido), destinado a todas las personas que tengan familiares internados en los geriátricos.

"En materia de control, y es sabido no sobran medidas y es lógico afirmar que las inspecciones por sorpresivas que sean no abarcan todo el día.

En relación a esto son varias las denuncias de vecinos y organismos de derechos humanos acerca del estado de muchos geriátricos y fundamentalmente en lo que respecta a la alteración perjudicial de las condiciones generales de las prestaciones debidas, tales como mudanzas nocturnas, modificaciones en las dietas, disminución del personal en horarios nocturnos y otras irregularidades que muchas veces terminan en tragedias conocidas públicamente y las más, desconocidas", afirmó Cantero.

La Ley trata de garantizar no sólo el resguardo e integridad de las persones mayores, sino también el derecho de las personas a su cargo de poder verificar las condiciones de alojamiento de aquellos en los geriátricos de la Ciudad más allá de las inspecciones que a las distintas áreas del Gobierno le competen. Si el responsable o titular incumple con la exhibición de las obligaciones de dicha Ley en un lugar visible se lo sancionará.


Derogan Ordenanzas que establecían los límites de los barrios porteños

Tuvo sanción definitiva la ley que deroga las Ordenanzas 26.607 y 51.163 referidas a los barrios de la Ciudad de Buenos Aires y sus límites. Sobre el particular, a partir de la fecha de su promulgación, regirá la Ley N° 1777 -de Comunas- y sus modificatorias.

Las delimitaciones establecidas por aquellas normas en 1972 "contenían ciertos errores y omisiones no perceptibles en su momento, dado que los barrios no constituían espacios administrativos ni electorales" expresaron las Comisiones parlamentarias de Cultura, Descentralización y Participación Ciudadana.

"Al sancionarse la Ley de Comunas N° 1777 y su modificatoria Ley N° 2094, se tomó como criterio para establecer los límites de las mismas la configuración barrial y, en consecuencia, corresponde salvar los problemas detectados" se fundamentó, luego que el proyecto de ley fuera considerado en Audiencia Pública el 11 de diciembre de 2006.


Después del veto del Ejecutivo, insisten en la creación de la Casa Amiga

Habiendo reunido 40 votos positivos los legisladores insistieron en la creación de la Casa Amiga que brindará asesoramiento y servicios a mujeres con diagnóstico oncológico según la Ley N° 2260, sancionada el 14 de diciembre del año pasado y que fuera vetada por el Poder Ejecutivo.

La Comisión parlamentaria de Salud, tras estudiar los fundamentos del veto, aconsejó su insistencia al considerar que "la ley tiene una gran importancia a efectos de resguardar los derechos de la salud de las mujeres y constituye un reconocimiento para su cuidado". 'Casa Amiga' está destinada a brindar asesoramiento, contención y servicios a mujeres con diagnóstico y/o tratamiento oncológico que asisten a cualquiera de los Hospitales estatales de la Ciudad.



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