LA
DIFERENCIA A FAVOR DEL CONSUMIDOR
Ley de Redondeo: Los comercios están
obligados a exhibir un cartel informativo
Ya se encuentra en vigencia la Ley 2.013 de redondeo, que la Legislatura
de la Ciudad aprobó en junio de 2006. La norma establece
que todos los comercios deberán exhibir un cartel en el que
debe figurar en forma clara y legible lo siguiente:
"Sr. Consumidor: Ante la ausencia
de cambio usted tiene derecho a exigir que la diferencia se redondee
a su favor.
En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar
diferencias menores a cinco centavos y fuera imposible la devolución
del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a
favor del consumidor.
El cartel deberá estar en un lugar visible al público
al momento de efectuar el pago. Los comercios que cuenten con
más de una caja, estarán obligados a exhibir un
cartel por cada una.
La Dirección General de Defensa y Protección al
Consumidor, dependiente del Ministerio de Producción, es
el organismo encargado de controlar y fiscalizar que se cumpla
la ley. En caso de producirse un incumplimiento, el comerciante
deberá pagar una multa que ronda entre los 500 y los 500
mil pesos.
El tema del redondeo en los vueltos es un claro ejemplo de todos
los abusos e incumplimientos de las leyes y los derechos de los
consumidores por parte de las empresas.
En diciembre de 2004, hace ya 1 año y ½, se sancionó
la ley 25.954 conocida como Ley de Redondeo, pero
más del 70% de los consumidores todavía no la conocen
y sólo el 22% de los comercios la cumple.
El nuevo proyecto de ley, ya con media sanción de la Cámara
de Senadores, intentará revertir esta situación
estableciendo la obligatoriedad de carteles en todos los comercios
con el texto de la norma que estable que cuando en el vuelto surgieran
diferencias menores a 5 centavos, siempre se debe redondear a
favor del consumidor. Es decir que en la compra de un producto
por ejemplo ofrecido a 99 centavos, el comerciante deberá
cobrar 95 y no 1 peso.
El incumplimiento y la falta de difusión hace que cada
usuario pierda aproximadamente 40 centavos diarios. Estamos hablando
de más de 4 millones de pesos diarios que las familias
argentinas pierden y que pudieran utilizar para la compra de otros
productos o servicios. Son más de 1450 millones de pesos
anuales que se extraen en negro del circuito consumo producción,
y que quedan en manos de las grandes empresas.
Las empresas ponen como excusa para no cumplir con la norma nacional
la falta de circulación de monedas de un centavo, pero
no hay que dejarse llevar puesto que las monedas de 1 centavo
nunca entraron en circulación en el sentido estricto y
literal de la palabra: desde su creación en los últimos
15 años nunca se emplearon en el uso cotidiano por los
argentinos como moneda común de cambio con valor, y ello
explicaría la ley del redondeo a favor del consumidor.
El problema de la fijación de precios, incluyendo centavos
que no pueden ser devueltos al usuario, afecta a todos los consumidores
y a los pequeños comercios.
Por ejemplo las telefónicas. En un principio las empresas
privatizadas de telefonía establecieron el valor del pulso
de los teléfonos en la vía pública a 23 centavos,
igual que en los locutorios. Como las máquinas no pueden
dar el vuelto de los 2 centavos se tuvo que modificar la tarifa
a 20 centavos.
Estimaciones: pérdidas por
incumplimiento de la ley |
Por Usuario |
Total familias Argentinas
(10.073.625) |
Por día |
$ 0,40 |
$ 4.029.450,00
|
Por
Año |
$
1.470.749.250,00 |
Fuente: www.padec.org.ar