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Buenos Aires, Argentina /
Fecha de Publicación:19/05/10  

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"LAS DECLARACIONES DE MACRI TRANSMITEN UN ESTEREOTIPO ESTIGMATIZANTE"

El INADI condenó los dichos del Jefe de gobierno porteño

A raíz de la denuncia presentada por el Observatorio de Derechos Humanos de la ciudad sobre los dichos de Mauricio Macri, el Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia se pronunció al respecto.

En el marco de un reportaje que le realizó el periodista Matías Martin para el programa Vértigo, transmitido por Telefe Mauricio Macri, ante un comentario del periodista en relación a la Guardia Urbana, expresó: “los de la Guardia Urbana no hacían nada, era unos gorditos vestidos de verde que no pasaba nada".

Luego de un análisis, el INADI entiende que:
“La verbalización de una afirmación en el sentido realizado por el Sr. Maurici Macri, en su carácter de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, constituye una afirmación carente de justificación racional alguna, que, en boca una autoridad nacional, puede convertirse en vehículos de futuros actos discriminatorios, en los términos del artículo 1ro. De la Ley Nro. 23.592”.

La Asesoría Técnica del INADI considera “que los dichos del Sr. Mauricio Macri, en su carácter de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Bs. As., transmiten un estereotipo estigmatizante de los miembros de la Guardia Urbana, susceptible de constituirse en vehículo de conductas discriminatorias”.

En otro pasaje de la misma entrevista, el periodista le pregunta "si los extranjeros se pueden atender en los hospitales públicos", y el jefe de gobierno fue tajante: “Sin pagar, no”.

El informe del INADI es contundente al afirmar que:

El Jefe de Gobierno desconoce lo que establece la propia Constitución de la Ciudad. Artículo 20: “Se garantiza el derecho a la salud integral (…) se entiende por gratuidad en el área estatal que las personas quedan eximidas de cualquier forma de pago directo.
Mientras que el artículo 11 de la Constitución de l C.A.B.A. hace referencia a la igualdad y al principio de no discriminación.

El INADI determina que “pretender arancelar el ejercicio de un derecho constitucional, por la sencilla razón de ser extrajero/a, constituye un acto susceptible de encuadrar en artículo 1[1] de la Ley de penalización de actos discriminatorios”.

El hecho de considerar que las personas extranjeras deben pagar por ser atendidas en los hospitales públicos de la ciudad, constituye un acto discriminatorio, en los términos del artículo 1 de la Ley Nro. 23.592.

Al ODH le preocupa que estas manifestaciones las realice quien ejerce el máximo cargo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Sus dichos no se condicen con las normas vigentes en la Ciudad, a pesar de que es su obligación cumplirlas.




 


 








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