Comuna 15

Fallo judicial dejó sin efecto el recorte al Plan de Natación del nivel inicial de una escuela de Agronomía


La querella de la comunidad educativa del colegio Álvarez Thomas (Comuna 15) obtuvo un triunfo parcial en la justicia. La Asociación Cooperadora había denunciado que los funcionarios del ministerio de educación habían comunicado la medida recién el 28 de noviembre, faltando muy pocos días para el fin del ciclo lectivo 2017.

 

Por tal motivo el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.º 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. Aurelio L. Ammirato, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (CCAyT; Ley 189) y en el marco del expediente “Kechichian, Guillermo Luis y otros contra Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros sobre Amparo – otros”, cita y emplaza por el término de quince días a contar desde la última publicación del presente, a todos aquellos interesados, a efectos de que si así lo desean puedan presentarse y tomar participación en la causa dentro del plazo común de quince días hábiles judiciales. El expediente se hallará disponible en Secretaría para que pueda ser consultado durante el lapso indicado. Las eventuales presentaciones de los miembros del grupo serán admitidas solamente si aportan una argumentación propia –es decir, que proporcione nuevos fundamentos a favor o contra la pretensión- cuyo contenido persuada a este estrado de que su incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso.

 

A tal fin, se hace saber que el objeto de la pretensión consiste en ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Ministerio de Educación e Innovación) que suspenda la ejecución del Acuerdo instrumentado mediante el Acta n.º 2 de la Supervisión Coordinadora de Educación Física, suscripta el día 3 de abril de 2017, en cuanto elimina del plan de natación las clases para el nivel inicial, lo cual estaría afectando a los niños y niñas que acuden a las salas de 4 y 5 años (Nivel Inicial) de la Escuela n.º 4, D.E. n.º 16 “Coronel Mayor Álvarez Thomas”, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estos actuados.

 

El auto que ordena el fallo en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 24 de agosto de 2018. (…) La comunicación dispuesta en el punto I precedente se instrumentará por los siguientes medios: a) la publicación de edictos, por el plazo de tres (3) días (cfr. arts. 129 y 130, CCAyT), en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web del Poder Judicial de la Ciudad y en la tablilla del Juzgado. A tal fin, confecciónese el texto pertinente y ofíciese por Secretaría; b) en las carteleras que estuviesen emplazadas en la sede de la Junta Comunal n.° 10. A tal fin, líbrese oficio por Secretaría al Sr. Secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; c) mediante el Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura.”.

 

Así  mismo, el juez no se pronunció sobre el recorte del horario en el nivel primario que hasta la suspensión del plan de natación, los alumnos y alumnas disponían de 50 minutos de clase y en la actualidad cuentan con solo 40 minutos.

 

“No se cerró la puerta al reclamo por la primaria. Estamos buscando adhesiones en las cooperadoras de las otras escuelas” comentó al Periódico El Barrio Pueyrredón, la abogada de los amparistas.

 

La piscina fue construida en 1970, dentro del predio de media manzana, ubicado en la calle Terrada 3983, con fondos genuinos aportados por las familias y reunidos por la cooperadora, bajo la coordinación del entonces director Jorge Sacco. Desde hace casi medio siglo, entonces, todos los alumnos de la escuela finalizaban los estudios primarios con el plus de saber nadar ya que natación siempre fue una asignatura obligatoria en la currícula y hasta varios de ellos triunfaron en torneos metropolitanos de ese deporte.

 

Fuente consultada. IJUDICIAL

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Redacción

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