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La Agencia de Administración de Bienes del Estado presentó una cautelar por los predios de Villa Crespo

La AABE solicitó a la justicia que ordene no vender el inmueble denominado “Triángulo de Salguero” y los lotes ubicados en la calle Corrientes 6094 y 6012. Por lo tanto, se caería la sesión del 21 de mayo en la Legislatura porteña, donde se iba a tratar la rezonificación de estos terrenos. La Asamblea de Avenida Corrientes y Juan B. Justo, había emitido una solicitada para denunciar esta operación.

 

 

El próximo jueves la Legislatura porteña iba a votar la rezonificación de los predios conocidos como “Triángulo de Salguero” y los predios ubicados en la calle Corrientes 6094/6012 en el Barrio de Villa Crespo. Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad informaron que la la sesión del 21 de mayo se caería porque la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) presentó dos medidas cautelares de No Innovar para que se ordene al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no alterar la situación de hecho o de derecho de estos inmuebles. Con la aprobación de la normativa que determine la capacidad constructiva de estos predios, la administración de Rodríguez Larreta tenía pensado avanzar con la subasta autorizada por la Ley 6179.

 

“Nos negamos a que nos borren del mapa de la ciudad para construir torres”, denuncian desde la Asamblea de Juan B Justo y Corrientes donde también funciona la FM comunitaria 94.1 “Radio Asamblea”.

 

A principios de este mes se trató en la Legislatura Porteña la rezonificación y venta de una cantidad de terrenos cedidos por Nación durante el gobierno de Macri (noviembre 2019) para la construcción de torres, en los predios aledaños al viaducto de la Estación Villa Crespo del FFCC San Martín.

 

“En parte de ese predio funciona Radio Asamblea FM 94.1, integrante de FARCO (Foro Argentino de Radios Comunitarias). De aprobarse esta ley estarían desalojando y apagando la emisora popular y el enorme entramado de organización barrial construido desde 2001 por la Asamblea de Juan B. Justo y Corrientes.

 

¿Qué grupo empresario está detrás de este negocio? El diario La Nación, que también integra el consorcio que construyó el Mega Estadio Movistar Arena. Negociados con tierras públicas y exenciones impositivas del gobierno de la Ciudad.

 

 

FUNDAMENTOS DE LA CAUTELAR PRESENTADA POR LA AABE

 

Mediante la suscripción del “CONVENIO MARCO EN MATERIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO”, el día 17 de octubre de 2007, el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometieron a realizar sus mayores esfuerzos para garantizar y concretar soluciones eficaces para los inconvenientes que generaba el tránsito de los ferrocarriles (bajo jurisdicción nacional) en la Ciudad de Buenos Aires. Allí se acordó que las inversiones y gastos que cada parte afronte, podrían ser compensados entre ellas, previo acuerdo y en su documentada incidencia de la correspondencia de su imputación, contra otras inversiones y gastos, sujetos a las mismas condiciones, que fueran realizadas por la otra parte.

 

En este marco, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto Nº 67/2017, mediante el cual aprobó el “Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la República Argentina y la entonces Corporación Andina de Fomento (CAF)”, por un monto de hasta U$S 400.000.000, destinado a financiar parcialmente el Proyecto “Paseo del Bajo”.

 

Según surge de dicho modelo de contrato, el Ministerio De Transporte de la Nación sería el “Organismo Ejecutor”, el cual, estaba facultado a delegar la ejecución y futura operación del mismo en el Gobierno porteño, a través de su Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte “(…) mediante el liderazgo técnico de Autopistas Urbanas S.A. (AUSA), la cual asumiría el rol de coordinación técnica de los diferentes organismos directa o indirectamente implicados (…)”.

 

Finalmente, el Estado Nacional suscribió con la Corporación Andina de Fomento (CAF) el Contrato de Préstamo N° 9710/CAF-0 por hasta  (U$S 400.000.000) para el financiamiento parcial de la citada obra.

 

Según surge del EX-2019-01049622-APN-DMEYD#AABE, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de dar continuidad hasta su finalización a las obras involucradas en la ejecución del Proyecto “Paseo del Bajo” sin afectar los plazos oportunamente planificados, requirió al Ministerio de Transporte que analice una posible modificación o alternativa al presupuesto asignado a la misma para el Ejercicio 2019.

 

En función de ello, el Ministerio de Transporte, impulsó la suscripción de un acuerdo con la AABE y el GCBA mediante el cual este último se comprometería al pago de ciertas obligaciones asumidas por el Estado Nacional en el marco del referido Contrato de Préstamo N° 9710/CAF-0 y, a cambio de ello, el Estado Nacional, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, transferiría el dominio de determinados inmuebles; entre los cuales se encuentra el que actualmente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pretende transferir.

 

Fue así que el 23 de noviembre de 2018 el Ministerio de Transporte de la Nación, el Gobierno porteño y esta AABE, cada una en el marco de su competencia específica y en ejercicio de sus respectivas facultades, suscribieron un Convenio Marco, por el cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometió a suscribir un contrato de préstamo subsidiario al Contrato de Préstamo N° 9710/CAF-0 por hasta la suma de U$S 175.000.000 y, a cambio, el Estado Nacional transferiría una serie de inmuebles para aplicarlos a las obras de urbanización y de infraestructura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Las obligaciones que emanaban del Convenio, estaban sujetas a las siguientes condiciones suspensivas enumeradas en el art. 3 del Convenio:

 

  • La autorización por el Poder Ejecutivo De La Nación para la disposición de los inmuebles por parte de la AABE.
  • La aprobación por parte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de: (a) la autorización de endeudamiento; (b) del convenio y (c) de la autorización para disponer de los inmuebles individualizados en su Anexo.

 

Posteriormente, con fecha 10 de enero de 2019 se suscribió una Adenda a dicho convenio, por medio de la cual las partes acordaron modificar el artículo 3º de mismo, quitando la condición de que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autorizara a disponer de los inmuebles al GCABA (c).

 

La transferencia de inmuebles fue autorizada por la Decisión Administrativa AABE Nº 45/2019 publicada en el Boletín Oficial del 29/01/2019 autorizado por el Decreto Nº 87/2019, procediéndose luego a la desafectación de los inmuebles que no se encontraban bajo la órbita del AABE y posteriormente, con fecha 15 de noviembre de 2019 se realizó la escritura pública de transferencia.

 

Ahora bien, en la actualidad, mediante el Expediente Nº 2794-J-2019, de autoría del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se propicia el cambio de zonificación para el predio denominado “Triángulo Salguero”, situado en la Av. Salguero s/n entre la Au. Presidente Arturo U. Illia y bajada Au. Dr. Arturo Illia a fin de avanzar con su ulterior enajenación.

 

En este marco, con fecha 8/05/2020, en la Legislatura porteña, la Comisión de Planeamiento Urbano aconsejó el tratamiento de un proyecto de Ley que propiciaría el cambio de zonificación para el predio objeto de marras a fin de optimizar la venta, que estaría próxima a ser aprobada.

 

 

 

 

 

Portal de Parque Chas

Redacción

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