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Festival: «Las plazas no se venden»


 

 

El evento, se realizará el sábado 12 de mayo a partir de las 12 en el “Paseo de la Paz”, ubicado en Avenida Monroe y Holmberg. Allí se podrá firmar un petitorio y proyecto de ley para defender este espacio verde público, cuyas parcelas fueron subastadas por el Gobierno porteño para afectarlo a un emprendimiento inmobiliario.

 

En el marco de la Ley 3396 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que establece la derogación de la traza de la Ex autopista AU3, la rezonificación de las parcelas que la componen y que en su capitulo II prevé una alternativa para el problema habitacional de las familias de la zona 5, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires subastó las parcelas del Paseo de la Paz, ubicadas en la esquina de la Avenida Monroe y Holmberg.

 

Esta plaza de un alto valor simbólico e histórico, recuperada por sus vecinos en el año 1986 y reconocida como tal por la ordenanza 43386/88 se encuentra en la actualidad afectada a un emprendimiento inmobiliario que proyecta en estos terrenos la construcción de dos edificios.

 

Independientemente del marco jurídico citado, las organizaciones convocantes al acto entendemos que un espacio verde con alumbrado público, que cuenta con bancos de plaza, un monumento, un mástil y que es de libre acceso para todos los vecinos que deseen realizar actividades físicas y/o de esparcimiento es efectivamente una plaza y que “LAS PLAZAS NO SE VENDEN”.

 

“La seguridad jurídica” no puede ser un principio invocado solo para defender emprendimientos privados, debe ser,  por el contrario, principio y fundamento de  garantía y  permanencia de lo publico. La seguridad jurídica no puede ser principio de unos pocos, sino que debe serlo para todos.

 

Por ello, las organizaciones que invitan a defender este espacio, repudian el negocio inmobiliario que propone el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, exigir que no se subasten mas parcelas de la traza y acompañar con su firma un petitorio y proyecto de ley para que éste continúe siendo una plaza.

 

Organizaciones convocantes: CC Scalabrini Ortiz; El Acento; La Cámpora C12; Móv. Emancipador en Proyecto Sur; Vecinos por la Ecología; Arrabal; Vecinos de la Traza Ex AU3; Confluencia de Militantes Peronistas; Asociación Civil Biblioteca Popular Creando Horizontes Educativos; MST en Proyecto Sur; Partido Obrero; Agrupación Víctor Ballestero; Asociación de Vecinos de Luis Maria Drago; Asociación Civil Sembrar Conciencia, Carta Abierta Comuna 12; Peronismo Militante; Colectivo Militante; Vecinos por el 25 de Mayo; Partido Comunista; Partido Comunista Congreso Extraordinario; Kolina; Colectivo por la Igualdad; Grupo de Investigaciones Urbanas del Centro POIESIS-FADU-UBA; EDE-comuna12; Periódico Lo Que Faltaba; Frente Progresista y Popular comuna 12 y komuna 15; Amigos del Lago de Palermo; Frente Transversal Nacional y Popular Comuna 12; Proyecto Nacional; Corrientes Política 17 de Agosto; Agrupación José Aricó, Agrupación Entrepueblo; Scalabrini Ortiz Comuna 15


Se reciben adhesiones y propuestas de artistas (bandas, teatro, etc.) en lasplazasnosevenden@gmail.com


 

Texto del Proyecto de Ley

 

Artículo 1°.- Desaféctanse de su zonificación actual y  aféctanse a la zona Urbanización Parque (UP) del distrito U38 de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, a las Parcelas A, B, C, D, E y F, de la Manzana 106, Sección 51, Circunscripción 16.

 

Art. 2º.- Modifíquense los planos que como Anexo II forman parte de la Ley Nº 3.396, según lo dispuesto en el Art. 1º de la presente Ley.

 

Art. 3º.- El Poder Ejecutivo parquizará y pondrá en valor el espacio verde existente en las parcelas comprendidas por el Art. 1º de la presente norma, en un plazo máximo de noventa (90) días corridos de promulgada la presente ley. Para la realización de las obras que resulten necesarias podrán destinarse recursos provenientes del Fondo creado en virtud del Art. 24 de la Ley Nº 3.396.

 

Art. 4°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

FUNDAMENTOS

 

El grave déficit de espacios verdes que padece la Ciudad obliga al Estado, tal como manda el Artículo 27 Inc. 4 de la Constitución local, a preservar e incrementar los espacios verdes. En ese contexto, los/as vecinos/as de la zona correspondiente al denominado «Sector 5» de la traza de la Ex AU3 vemos con suma preocupación la situación derivada de la enajenación del espacio verde público denominado «Paseo de la Paz», de acuerdo a lo dispuesto en virtud de la Ordenanza Nº 43.386.

 

Dicha plaza, aun habiendo estado abandonada sistemáticamente por el Estado durante años en su mantenimiento y puesta en valor, representa un espacio recuperado y sostenido a base del esfuerzo vecinal, y tiene en consecuencia un valor simbólico e histórico de suma relevancia para nuestra Ciudad, que debe ser preservado.

 

Este proyecto, que recepta parcialmente la redacción de uno anterior que tramitó en dicho cuerpo legislativo en el marco del Expediente Nº 2194-D-2010, promueve la afectación al distrito de zonificación Urbanización Parque (UP) del espacio verde en cuestión, y en consecuencia su parquización y puesta en valor para el uso y aprovechamiento público. Ello, sin perjuicio de la situación dominial del inmueble.

 

Los/as vecinos/as y organizaciones vecinales de la zona llevaremos adelante todas las acciones que resulten necesarias para preservar los espacios verdes barriales, siendo la presentación del presente proyecto de ley una de las vías a implementar para la efectiva defensa del derecho a un ambiente adecuado para nuestra Ciudad.

 

Por lo expuesto, solicitamos a los/as diputados/as de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la pronta aprobación del presente proyecto de ley.

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Redacción

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