La Ciudad

BAElige ilegalmente


Seis Consejos Consultivos Comunales (2,3,5,10,13,15) presentaron un amparo por considerar ilegal el programa digital de participación ciudadana ejecutado por el Gobierno porteño. Los CCC contaron con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad.

 

El amparo presentado por los seis Consejos Consultivos Comunales se fundamenta en que viola la Ley 1777 de Comunas y solicita:

-La  interrupción o el cese del programa “BA Elige” por resultar violatorio de los derechos de los vecinos en general y de los Consejos Consultivos Comunales en particular a participar en la discusión del anteproyecto de presupuesto de cada Comuna  reconocido en los  arts. 10, 15, 17, 29, 35 y 41 de la Ley N° 1.777, y el art. 4, inciso d, de la ley N° 3.233

-Peticionar que se garantice en forma inmediata los mecanismos de participación de los vecinos en la fijación de metas, formulación y control presupuestario en el ámbito del Consejo Consultivo Comunal para el presupuesto anual 2018 de la Ciudad y subsiguientes.

 

Esta es la primera vez que Consejos Consultivos Comunales van a la Justicia en defensa de sus derechos, de la democracia participativa, de la descentralización del poder político y de los derechos de cada integrante de dichos consejos. El jueves 12 de octubre a las 18, se realizará el  encuentro contra el BA ELIGE  y una conferencia de prensa por la acción judicial presentada. La cita es en la calle Maure 3955.

 

La causa (Expte. N° A36321-2017/0) tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 12 a cargo de la Dra. Alejandra Petrella.

 

Se consideró que el Programa BA ELIGE

  1. Es un programa informático centralizado de participación ciudadana que estableció el Gobierno porteño.
  2. El objeto de dicha participación ciudadana es participar en la decisión de la asignación específica de un monto determinado del presupuesto (500 millones de pesos).
  3. Dicho monto presupuestario está estrechamente vinculado a las Comunas. Es decir, dicho monto presupuestario ha sido dividido en las 15 Comunas de la Ciudad. El crédito presupuestario puesto a discusión de la ciudadanía es el que corresponde a cada una de las Comunas de la Ciudad. Es parte del presupuesto comunal el objeto del BA Elige. Esto porque no existe la posibilidad de que la ciudadanía pueda proponer una obra o proyecto que supere el límite del crédito presupuestario establecido para cada comuna.

 

 El BA ELIGE viola la Ley de Comunas

La Ley Orgánica de Comunas establece que la elaboración participativa del programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual es una de las competencias exclusivas de la Comuna.

Y que la aprobación del anteproyecto de presupuesto de cada Comuna está a cargo de la Junta Comunal y que se elabora a través de mecanismos que garanticen la participación de los vecinos. La participación debe darse en el ámbito de los Consejos Consultivos Comunales.

Por lo tanto, el Poder Ejecutivo a través del “BA Elige” no respeta el mecanismo participativo establecido por la Ley Orgánica de Comunas. La participación de los vecinos en el “BA Elige” es a través de una plataforma web y no “en el ámbito de los Consejos Consultivos Comunales”. La Ley N° 1.777 prefirió ámbitos de participación y discusión institucionalizados y dónde las personas puedan discutir de forma presencial, como son los Consejos Consultivos Comunales. Consideró que el mecanismo de participación ciudadana más adecuada para fortalecer la Democracia Participativa (art. 1 CCABA) es la creación de espacios de encuentro periódicos, donde los vecinos puedan conocerse, discutir y escuchar las propuestas y argumentos  de sus vecinos, tener espacios de reflexión colectiva y crear lazos de hermandad y solidaridad.

La Ley de Comunas no autoriza que la discusión participativa del presupuesto comunal se pudiera realizar a través de una participación mediada únicamente con una plataforma web donde no se garantiza ni siquiera la identidad de los usuarios y resulta imposible cualquier tipo de deliberación colectiva personal. El “BA Elige” no otorga ninguna participación a los Consejos Consultivos Comunales violando el derecho reconocido en los arts. 10,15,29 y 35 de la Ley N° 1.777.

El “BA Elige” no tiene aprobación expresa del Poder Ejecutivo a través de ninguna normativa ni tampoco esta fue publicada en el Boletín Oficial.

 

Fuente: Observatorio del  Derecho a la Ciudad
Foto: GCBA

Portal de Parque Chas Administrator
Sorry! The Author has not filled his profile.

Portal de Parque Chas

Redacción

Deja una respuesta