Asbesto en trenes de la línea B: Tramitaron amparo colectivo
La acción de amparo colectivo fue interpuesta por la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro, cuyo objeto es determinar la existencia de ese contaminante en los trenes CAF 5000 que circulan en la mencionada línea.
Con relación a los autos “Pianelli, Roberto Claudio contra GCBA sobre Amparo – Ambiental”, Expte. n.° 2479/2018-0 que tramitan ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires n.° 12, a cargo de la Dra. Alejandra Petrella, Secretaría n.° 23, a cargo de la Dra. María Gabriela Juanatey, sito en la Av. Roque Sáenz Peña 636 piso 5, a fin de difundir la existencia, objeto y estado procesal del presente amparo.
Se informa que la acción de amparo colectivo fue interpuesta por la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro, cuyo objeto es determinar la existencia de asbesto en los trenes CAF 5000 de la línea B del Subte de la Ciudad de Buenos Aires y, en caso de confirmarse la presencia del contaminante, se ordene al GCBA, a SBASE y a Metrovías SA, a que adopten las medidas necesarias para modificar los lugares y/o condiciones de trabajo -alcanzados por la presencia de asbesto- a fin de adecuarlos a las normas vigentes, esto es ambientes libres totalmente del contaminante, utilizando para ello la tecnología que garantice tal objetivo.
En cuanto al estado procesal se hace saber que la litis aún no se encuentra trabada.
Asimismo se informa que se ha otorgado a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada, el plazo de 10 (diez) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el art. 84 y ss. del CCAyT.
Por otra parte corresponde indicar que el plazo de 10 días comenzará a correr a partir de la última publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.-
Fuente consultada: iJudicial