El ajuste llegó a los Medios Vecinales de Comunicación
Mediante una resolución, el Gobierno porteño recortó un 17% la pauta publicitaria que reciben los medios barriales, alterando lo dispuesto por la Ley 2.587.
Los Medios Vecinales de Comunicación reflejan la actividad barrial y porteña en general ocupándose de los sucesos de interés vecinal, sus inquietudes, sus sugerencias, su vida intelectual y deportiva, sus particulares necesidades zonales, su historia, construyendo su patrimonio cultural, generando el alimento de su identidad.
Desde el regreso a la democracia –1983– los pioneros de esa prensa vienen luchando por formar parte de la pauta oficial distribuida arbitrariamente entre amigos y favorecedores. Recién en 2003 se logra poner en marcha el Registro de Medios Vecinales tras dura lucha para reglamentar la primitiva Ordenanza 52.360, registro integrado por periódicos, revistas, emisoras FM de baja potencia, programas radiales y las páginas Web producto de las –entonces– nuevas tecnologías de Internet. Los integrantes del Registro deben cumplir requisitos de variada gama entre los que se destacan la antigüedad, tirada, autoría propia, temática porteña y, sobre todo, no exceder el 50% de su publicación con publicidad.
La Ley 2.587, sancionada el 6 de diciembre de 2007, crea un Registro de Medios Vecinales de la Ciudad y regula la contraprestación publicitaria con un monto establecido en base a un porcentaje de la tarifa de la página 7 del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad de Buenos Aires. Este porcentaje va del 0,5% al 1% según el soporte, ya sea portal digital, programa de radio independiente, emisora radiofónica o gráfico.
Para ser parte de este Registro, los medios barriales deben inscribirse cada año y ser aprobados por el veredicto de una Comisión Evaluadora dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Social, encargada de controlar los requisitos que estipula la ley, entre otros: antigüedad, contenido propio, y que la publicidad no exceda el cincuenta por ciento del espacio total del medio. En el año 2017, a una década de su aprobación, 250 medios vecinales integrantes del registro recibieron 4 de cada 100 pesos que el Gobierno de la Ciudad invirtió en publicidad.
En el Boletín Oficial del 5 de febrero se publicó la resolución de la Subsecretaría de Comunicación Social – en el marco de un recorte general de gastos del Ejecutivo porteño – que modifica implícitamente la ley y su correspondiente decreto reglamentario, al cambiar la manera de calcular el valor de la pauta publicitaria que conlleva un recorte del 17%. Esta medida es flagrantemente inconstitucional ya que el Poder Ejecutivo no puede reglamentar una ley alterando el espíritu del Legislativo (artículo 102°) ni dictar resoluciones de carácter legislativo (artículo 103).
Mediante la resolución Nº 813/SSCS/18 del 2 de febrero de 2018, el Gobierno de la Ciudad aplica a los medios vecinales el procedimiento que tiene establecido para libres contrataciones publicitarias donde hace valer su potestad de elegir el medio y la agencia con la que va a contratar el servicio que le brinde el mejor precio basado en la Compulsa semestral. Asimila pautas vecinales con contratadas, aplicar un descuento de agencia del 17% sobre el valor definido por Ley 2587. El procedimiento administrativo y de control de las contrataciones de espacios publicitarios mediante una Compulsa semestral de precios, no es aplicable a los medios vecinales que se rigen por ley 2587.
La Compulsa, que será semestral y de imposible control podría resultar que para el próximo semestre el porcentaje de descuento aplicado ilegalmente resultara un número mucho mayor con el consecuente e ingobernable perjuicio hacia los medios vecinales. El art. 13º del Decreto reglamentario1 de la ley de Medios Vecinales establece, fijando procedimientos para interpretar el valor de la pauta basados en ese precio de página, que “Esta determinación procederá, siempre y cuando las ediciones de cualquiera de los días de esa semana no coincidan con un precio promocional producto de rebajas o descuentos de cualquier naturaleza aplicados sobre su valor normal, habitual o corriente”.
La propia Ley 2587 establece la inviabilidad de la aplicación “de rebajas o descuentos de cualquier naturaleza aplicados sobre su valor normal”
Consecuencias del ajuste
Este recorte en los medios vecinales de difusión de la ciudad exige recalcular lo proyectado para el año, y obliga a replanteos que afectarán sin ninguna duda las fuentes de trabajo que los medios vecinales de manera directa e indirecta generan.
El ajuste afectará a imprentas (recortes de tirada y páginas) y distribuidores, en el caso de los gráficos, y menor trabajo a diseñadores, tanto en gráficos y portales digitales, como el trabajo de los colaboradores (periodistas, locutores, operadores de radio, etc) en los distintos formatos de comunicación vecinal.
La consecuencia directa de este ajuste será el “achique” de los medios vecinales contrariando abiertamente lo deseado por los legisladores de todos los bloques políticos que en el año 2007 sancionaron por unanimidad la Ley 2.587.
El recorte contradice la ley que fija al 6 de diciembre como “Día de los Medios Vecinales de Comunicación Social”, fecha que conmemora la sanción, hace 10 años, de la ley 2587. La misma fue sancionada en diciembre de 2017. La iniciativa fue de la diputada porteña Cristina García de Aurteneche (PRO), presidenta de la Comisión de Comunicación Social de la Legislatura, quien en sus fundamentos destacó la importancia de fomentar y promover las actividades de los medios vecinales, “así como su rol social, cultural y político, cuestiones tan fundamentales para todos los ciudadanos porteños”.
Red Medios Barriales / Cooperativa EBC