Comunas
El sentido común ya es ley
El viernes 2 de Septiembre usted, como
todos los porteños se enteró por los diarios, la televisión
y la radio que se había sancionado una Ley que divide en
15 Comunas la Ciudad de Buenos Aires.
Material producido por la Agrupación
Vecinos del Encuentro
vecinosencuentro@yahoo.com.ar
Probablemente el tema Comunas le era desconocido hasta ese momento.
Quizás había escuchado algo antes. Pero no le prestó
demasiada atención o le pareció algo confuso y complicado.
También es posible que su primera reacción haya sido
de desconfianza. Por eso vamos a hacer una reseña de qué
son las Comunas y cómo se llegó a sancionar esta ley.
¿Qué son y cual es la función
de las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires?
Son gobiernos locales de los barrios, en los
cuales los vecinos tienen amplios derechos y posibilidades de participar
y controlar las acciones públicas. Deben hacerse cargo en
forma exclusiva de los espacios verdes y las calles y veredas del
barrio y, en forma concurrente con el gobierno central, de todos
los otros temas que inciden en la vida barrial.
¿Cómo benefician las Comunas
a los vecinos?
Acercan la solución de los problemas barriales
y ciudadanos a poca distancia de cada casa y promueven que los vecinos
decidan y controlen lo que se hace en su barrio. De esta manera
el PODER se DESCENTRALIZA o TRANSFIERE al vecino común.
¿No será otra "viveza criolla"
para sumar ñoquis?
Los vecinos que luchamos para que se sancione la Ley de Comunas
tenemos una convicción: los políticos, en general,
debido a que van a perder una buena porción de poder, no
querían que saliera la Ley de Comunas. Por eso, desde 1996,
los gobiernos y legisladores de la ciudad impidieron su concreción
contraviniendo expresas cláusulas constitucionales. Sólo
la lucha de muchos vecinos, a lo largo de varios años, logró
finalmente la sanción de la Ley Orgánica de Comunas
Nº 17.777/05. Una ley que pone en vigencia un derecho constitucional
postergado por casi una década.
¿Cómo empezaron los vecinos
ésta pelea?
En Mayo de 2002 un conjunto de grupos, organizaciones
y asambleas barriales nos conocimos y formamos la Red de Vecinos
de Buenos Aires, con la finalidad de impulsar la concreción
de las Comunas. Poco tiempo después constituimos con otros
grupos, otro espacio de articulación, Comunas de Buenos Aires,
para fortalecer el mismo objetivo. A fines del 2003 el gobierno
y algunos legisladores quisieron sancionar, entre gallos y medianoche,
una Ley de Comunas sin consultar a los ciudadanos de Buenos Aires.
En los Plenarios realizados en la Universidad CAECE, por entonces,
los vecinos agrupados en distintas redes de organizaciones nos opusimos
a esa maniobra, porque coincidimos que no podía sancionarse
una ley que promoviera la participación ciudadana, sin participación
ciudadana.
Es decir, sin que los vecinos de Buenos Aires expresáramos
nuestros proyectos, ideas y aspiraciones sobre las Comunas que queríamos.
De esos encuentros nació la Coordinadora Por Comunas. En
Febrero del 2004 exigimos al Ejecutivo y Legislativo de la Ciudad
que realizara un proceso público y masivo de consulta para
establecer los contenidos esenciales de la Ley. Obtuvimos una respuesta
positiva de ambos y, durante todo el año 2004 se realizaron
46 reuniones públicas en todos los barrios porteños
con ese fin. En el curso de ese proceso participativo surgió
Vecinos del Encuentro.
¿Cómo se elaboró la ley
de Comunas?
Con las ideas y propuestas vecinales se delinearon
las ideas-fuerza que debía recoger la ley. Logramos así,
un hecho inédito: que el contenido fundamental de una ley
se estableciera entre los ciudadanos y los legisladores, a través
de un proceso colectivo abierto en el que participaron más
de 7000 vecinos. Con este empuje comenzó el tira y afloje
entre vecinos y legisladores para darle forma definitiva al articulado.
Los vecinos no logramos que se respetaran todas las ideas que la
ciudadanía planteó, pero obtuvimos lo fundamental:
que las Comunas de Buenos Aires se constituyan en la PRIMERA INSTITUCIÓN
DE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA. Con espacios claros y definidos, en
los que los vecinos podremos decidir lo que queremos que se haga
en nuestros barrios y controlar que se cumpla nuestra voluntad colectiva.
¿Por qué la Comuna es la primera
institución de la democracia participativa?
Porque en la Comuna se combinará el gobierno
representativo, con una institución participativa donde los
vecinos podrán proponer iniciativas y controlar al gobierno.
El gobierno representativo se formará votando la Junta Comunal
cada cuatro años. La democracia participativa tomará
cuerpo con el protagonismo de los vecinos en el funcionamiento permanente
del Consejo Comunal.
¿Qué falta por hacer?
La Ley ya está. Ahora falta llevarla a
la práctica. Concretarla. Los vecinos debemos llevar adelante,
con los funcionarios del Poder Ejecutivo, el proceso de transición.
Como antes lo hicimos con los legisladores, este camino tiene una
sola forma de ser transitado: participativamente. Es decir, debemos
trabajar duro para asegurar que las Comunas cuenten con los recursos
humanos, materiales y organizativos necesarios para cumplir con
sus funciones y para ir construyendo ya los Consejos Comunales de
cada barrio.
¿Cómo se hace para participar
en la construcción de las Comunas?
Poniéndose en contacto, elaborando propuestas
y sumándose en forma independiente o mediante una organización
barrial a los distintos foros, reuniones, debates, etc, que Vecinos
del Encuentro u otras organizaciones vecinales y ciudadanas de Buenos
Aires convocarán en los próximos meses.
¿Qué tiene que ver el vecino
común con las Comunas?
Para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la
Comuna puede significar un giro de 180 grados en la forma de hacer
política. Hace años que los vecinos "comunes"
venimos padeciendo más de lo mismo en dicho rubro. Es bueno
repetir, una y otra vez, que depende de nosotros que las cosas sean
diferentes.
La Comuna es una oportunidad histórica de cambiar la realidad.
Para lograrlo, los vecinos debemos decidirnos a ser protagonista.
En la construcción de nuestro barrio, de la ciudad y del país
que queremos. Las Comunas son la vía más idónea
desde todo punto de vista. Los porteños debemos abandonar el
"no te metás", hacer valer nuestro criterio, nuestras
propuestas y poner una gran lupa sobre el accionar de los políticos
"tradicionales". Esto tiene sentido común, esa es
la idea.
¿Entonces, las Comunas serán
como oxígeno para la democracia?
Así es, porque la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires establece que las Comunas serán una institución
política y administrativa en la que el protagonismo y participación
de los vecinos resultan esenciales. Las Comunas, por su concepción
de democracia participativa, están destinadas a inaugurar
un capítulo decisivo en la historia de la democracia argentina.
¿Qué diferencia hay entre democracia
participativa y democracia representativa?
En una democracia representativa el ciudadano vota un candidato
cada tantos años para que lo represente. En una democracia
participativa interviene permanente y directamente para definir
lo que quiere que se haga y controlar que efectivamente esto se
cumpla. Por eso la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires ordena crear, en el espacio de las Comunas, dos
ámbitos. El ámbito institucional del gobierno representativo
y el ámbito institucional de la participación vecinal.
Combinando así la democracia representativa a través
de la elección periódica de una Junta Comunal con
la democracia participativa a través del funcionamiento permanente
del Consejo Comunal.
¿Qué es y cómo se elige
la Junta Comunal?
Cada Comuna tendrá un órgano de gobierno colegiado
denominado Junta Comunal. Estará compuesto por siete (7)
miembros, elegidos por votación de la población de
cada Comuna, entre las listas que se presenten. Los candidatos deberán
tener como mínimo dos años de residencia previa en
el territorio comunal. El gobierno de las Comunas funcionará
a través de las decisiones tomadas por este cuerpo ejecutivo
colegiado. Y esas decisiones serán ejecutadas por el personal
de planta permanente de la Comuna.
¿Qué es y cómo se integra
el Consejo Comunal?
Cada Comuna debe crear además un Consejo Comunal que es un
organismo consultivo y honorario (sin remuneración) con funciones
de:
. Deliberación
. Asesoramiento
. Canalización de demandas
. Elaboración de propuestas
. Definición de prioridades presupuestarias y de obras públicas
. Seguimiento de la gestión Comunal
Este Consejo Comunal estará integrado por representantes
de entidades vecinales no gubernamentales, redes de vecinos, otras
formas de organización y vecinos independientes. Cada Consejo
Comunal tendrá una sede en cada barrio de la Comuna, y debe
asegurar que ningún vecino que lo desee sea excluido de participar
en él.
¿Cómo se relacionan en
la práctica la Junta y el Consejo Comunal?
Las Comunas (Junta Comunal + Consejo Consultivo Comunal) deben elaborar
participativamente el Programa de Acción y el Anteproyecto
de Presupuesto de la Comuna y ejecutarlo adecuadamente. Para esto:
- El Consejo Comunal debe desarrollar los mecanismos y conducir
el proceso de discusión que, a escala barrial, garantice
la participación de los vecinos en la fijación de
las metas y proyectos que componen el presupuesto anual de la Comuna.
- La Junta Comunal debe, sobre esa base, elaborar y aprobar el Anteproyecto
de Presupuesto Anual de la Comuna, gestionar su incorporación
al Anteproyecto de Presupuesto Anual de la Ciudad y asegurar su
aprobación por la Legislatura porteña.
- La Junta Comunal debe ejecutar el Presupuesto Anual Comunal aprobado.
- El Consejo Comunal debe controlar la correcta ejecución
del Presupuesto Comunal aprobado.
Octubre 2005
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