Portal de Parque Chas: "5 años haciendo Historia"
Buenos Aires, Argentina /

Comunas
El sentido común ya es ley

El viernes 2 de Septiembre usted, como todos los porteños se enteró por los diarios, la televisión y la radio que se había sancionado una Ley que divide en 15 Comunas la Ciudad de Buenos Aires.



Material producido por la Agrupación Vecinos del Encuentro
vecinosencuentro@yahoo.com.ar


Probablemente el tema Comunas le era desconocido hasta ese momento. Quizás había escuchado algo antes. Pero no le prestó demasiada atención o le pareció algo confuso y complicado. También es posible que su primera reacción haya sido de desconfianza. Por eso vamos a hacer una reseña de qué son las Comunas y cómo se llegó a sancionar esta ley.

¿Qué son y cual es la función de las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires?

Son gobiernos locales de los barrios, en los cuales los vecinos tienen amplios derechos y posibilidades de participar y controlar las acciones públicas. Deben hacerse cargo en forma exclusiva de los espacios verdes y las calles y veredas del barrio y, en forma concurrente con el gobierno central, de todos los otros temas que inciden en la vida barrial.

¿Cómo benefician las Comunas a los vecinos?

Acercan la solución de los problemas barriales y ciudadanos a poca distancia de cada casa y promueven que los vecinos decidan y controlen lo que se hace en su barrio. De esta manera el PODER se DESCENTRALIZA o TRANSFIERE al vecino común.

¿No será otra "viveza criolla" para sumar ñoquis?

Los vecinos que luchamos para que se sancione la Ley de Comunas tenemos una convicción: los políticos, en general, debido a que van a perder una buena porción de poder, no querían que saliera la Ley de Comunas. Por eso, desde 1996, los gobiernos y legisladores de la ciudad impidieron su concreción contraviniendo expresas cláusulas constitucionales. Sólo la lucha de muchos vecinos, a lo largo de varios años, logró finalmente la sanción de la Ley Orgánica de Comunas Nº 17.777/05. Una ley que pone en vigencia un derecho constitucional postergado por casi una década.

¿Cómo empezaron los vecinos ésta pelea?

En Mayo de 2002 un conjunto de grupos, organizaciones y asambleas barriales nos conocimos y formamos la Red de Vecinos de Buenos Aires, con la finalidad de impulsar la concreción de las Comunas. Poco tiempo después constituimos con otros grupos, otro espacio de articulación, Comunas de Buenos Aires, para fortalecer el mismo objetivo. A fines del 2003 el gobierno y algunos legisladores quisieron sancionar, entre gallos y medianoche, una Ley de Comunas sin consultar a los ciudadanos de Buenos Aires.

En los Plenarios realizados en la Universidad CAECE, por entonces, los vecinos agrupados en distintas redes de organizaciones nos opusimos a esa maniobra, porque coincidimos que no podía sancionarse una ley que promoviera la participación ciudadana, sin participación ciudadana.

Es decir, sin que los vecinos de Buenos Aires expresáramos nuestros proyectos, ideas y aspiraciones sobre las Comunas que queríamos. De esos encuentros nació la Coordinadora Por Comunas. En Febrero del 2004 exigimos al Ejecutivo y Legislativo de la Ciudad que realizara un proceso público y masivo de consulta para establecer los contenidos esenciales de la Ley. Obtuvimos una respuesta positiva de ambos y, durante todo el año 2004 se realizaron 46 reuniones públicas en todos los barrios porteños con ese fin. En el curso de ese proceso participativo surgió Vecinos del Encuentro.

¿Cómo se elaboró la ley de Comunas?

Con las ideas y propuestas vecinales se delinearon las ideas-fuerza que debía recoger la ley. Logramos así, un hecho inédito: que el contenido fundamental de una ley se estableciera entre los ciudadanos y los legisladores, a través de un proceso colectivo abierto en el que participaron más de 7000 vecinos. Con este empuje comenzó el tira y afloje entre vecinos y legisladores para darle forma definitiva al articulado.

Los vecinos no logramos que se respetaran todas las ideas que la ciudadanía planteó, pero obtuvimos lo fundamental: que las Comunas de Buenos Aires se constituyan en la PRIMERA INSTITUCIÓN DE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA. Con espacios claros y definidos, en los que los vecinos podremos decidir lo que queremos que se haga en nuestros barrios y controlar que se cumpla nuestra voluntad colectiva.

¿Por qué la Comuna es la primera institución de la democracia participativa?

Porque en la Comuna se combinará el gobierno representativo, con una institución participativa donde los vecinos podrán proponer iniciativas y controlar al gobierno. El gobierno representativo se formará votando la Junta Comunal cada cuatro años. La democracia participativa tomará cuerpo con el protagonismo de los vecinos en el funcionamiento permanente del Consejo Comunal.

¿Qué falta por hacer?

La Ley ya está. Ahora falta llevarla a la práctica. Concretarla. Los vecinos debemos llevar adelante, con los funcionarios del Poder Ejecutivo, el proceso de transición. Como antes lo hicimos con los legisladores, este camino tiene una sola forma de ser transitado: participativamente. Es decir, debemos trabajar duro para asegurar que las Comunas cuenten con los recursos humanos, materiales y organizativos necesarios para cumplir con sus funciones y para ir construyendo ya los Consejos Comunales de cada barrio.

¿Cómo se hace para participar en la construcción de las Comunas?

Poniéndose en contacto, elaborando propuestas y sumándose en forma independiente o mediante una organización barrial a los distintos foros, reuniones, debates, etc, que Vecinos del Encuentro u otras organizaciones vecinales y ciudadanas de Buenos Aires convocarán en los próximos meses.

¿Qué tiene que ver el vecino común con las Comunas?

Para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Comuna puede significar un giro de 180 grados en la forma de hacer política. Hace años que los vecinos "comunes" venimos padeciendo más de lo mismo en dicho rubro. Es bueno repetir, una y otra vez, que depende de nosotros que las cosas sean diferentes.

La Comuna es una oportunidad histórica de cambiar la realidad. Para lograrlo, los vecinos debemos decidirnos a ser protagonista. En la construcción de nuestro barrio, de la ciudad y del país que queremos. Las Comunas son la vía más idónea desde todo punto de vista. Los porteños debemos abandonar el "no te metás", hacer valer nuestro criterio, nuestras propuestas y poner una gran lupa sobre el accionar de los políticos "tradicionales". Esto tiene sentido común, esa es la idea.

¿Entonces, las Comunas serán como oxígeno para la democracia?

Así es, porque la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que las Comunas serán una institución política y administrativa en la que el protagonismo y participación de los vecinos resultan esenciales. Las Comunas, por su concepción de democracia participativa, están destinadas a inaugurar un capítulo decisivo en la historia de la democracia argentina.

¿Qué diferencia hay entre democracia participativa y democracia representativa?

En una democracia representativa el ciudadano vota un candidato cada tantos años para que lo represente. En una democracia participativa interviene permanente y directamente para definir lo que quiere que se haga y controlar que efectivamente esto se cumpla. Por eso la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordena crear, en el espacio de las Comunas, dos ámbitos. El ámbito institucional del gobierno representativo y el ámbito institucional de la participación vecinal. Combinando así la democracia representativa a través de la elección periódica de una Junta Comunal con la democracia participativa a través del funcionamiento permanente del Consejo Comunal.

¿Qué es y cómo se elige la Junta Comunal?

Cada Comuna tendrá un órgano de gobierno colegiado denominado Junta Comunal. Estará compuesto por siete (7) miembros, elegidos por votación de la población de cada Comuna, entre las listas que se presenten. Los candidatos deberán tener como mínimo dos años de residencia previa en el territorio comunal. El gobierno de las Comunas funcionará a través de las decisiones tomadas por este cuerpo ejecutivo colegiado. Y esas decisiones serán ejecutadas por el personal de planta permanente de la Comuna.

¿Qué es y cómo se integra el Consejo Comunal?

Cada Comuna debe crear además un Consejo Comunal que es un organismo consultivo y honorario (sin remuneración) con funciones de:

. Deliberación
. Asesoramiento
. Canalización de demandas
. Elaboración de propuestas
. Definición de prioridades presupuestarias y de obras públicas
. Seguimiento de la gestión Comunal

Este Consejo Comunal estará integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, redes de vecinos, otras formas de organización y vecinos independientes. Cada Consejo Comunal tendrá una sede en cada barrio de la Comuna, y debe asegurar que ningún vecino que lo desee sea excluido de participar en él.

¿Cómo se relacionan en la práctica la Junta y el Consejo Comunal?

Las Comunas (Junta Comunal + Consejo Consultivo Comunal) deben elaborar participativamente el Programa de Acción y el Anteproyecto de Presupuesto de la Comuna y ejecutarlo adecuadamente. Para esto:

- El Consejo Comunal debe desarrollar los mecanismos y conducir el proceso de discusión que, a escala barrial, garantice la participación de los vecinos en la fijación de las metas y proyectos que componen el presupuesto anual de la Comuna.

- La Junta Comunal debe, sobre esa base, elaborar y aprobar el Anteproyecto de Presupuesto Anual de la Comuna, gestionar su incorporación al Anteproyecto de Presupuesto Anual de la Ciudad y asegurar su aprobación por la Legislatura porteña.

- La Junta Comunal debe ejecutar el Presupuesto Anual Comunal aprobado.

- El Consejo Comunal debe controlar la correcta ejecución
del Presupuesto Comunal aprobado.


Octubre 2005

 

 
2000-2005© Registro de la Propiedad Intelectual Nº Exp. 295108
Todos los derechos reservados-diseño y webmaster: F B